Paloma Valencia le pidió a la Corte Constitucional suspender decreto de consulta popular firmado por el presidente Petro: “No existe otro mecanismo menos lesivo”

La senadora del Centro Democrático solicitó frenar la consulta ya que costaría setencientos mil millones de pesos, que serían un riesgos irreversibles para los fondos públicos

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La senadora Paloma Valencia solicitó
La senadora Paloma Valencia solicitó suspender el decreto de una consulta popular en Colombia que costaría 700.000 millones de pesos - crédito Colprensa

La senadora Paloma Valencia, del partido Centro Democrático, le solicitó a la Corte Constitucional la suspensión provisional del decreto que convoca a una consulta popular en Colombia.

Según la legisladora, esta medida es necesaria para evitar la ejecución de más de 700.000 millones de pesos en la organización de la votación, recursos que, una vez utilizados, no podrían ser reincorporados al Presupuesto General de la Nación.

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En un comunicado, Valencia argumentó que la suspensión del decreto es el único mecanismo viable para prevenir que se produzcan efectos jurídicos y económicos irreversibles.

La senadora explicó que, debido a la rapidez con la que la Ley 1757 establece la convocatoria de la consulta, la Corte Constitucional no tendría tiempo suficiente para emitir un fallo definitivo antes de que se realice la votación.

Valencia argumentó que la suspensión
Valencia argumentó que la suspensión del decreto protege recursos y evita tensiones políticas por posibles efectos irreversibles - crédito Paloma Valencia

“No existe otro mecanismo menos lesivo, distinto a la suspensión de la norma demandada, para evitar que produzca efectos jurídicos”, se lee en el documento.

La senadora también destacó que, de no adoptarse esta medida cautelar, tanto el Gobierno nacional como la Registraduría Nacional del Estado Civil estarían habilitados para autorizar y ejecutar los recursos necesarios para llevar a cabo la consulta.

“Dado la celeridad con que la Ley 1757 establece que se debe convocar la Consulta Popular, es materialmente imposible que la Corte Constitucional adopte una decisión de fondo, tras agotar todo el procedimiento previsto en el Decreto 2067 de 1991, antes de tres meses”, afirmó la senadora.

Según cifras proporcionadas por el Registrador Nacional, el costo de la jornada electoral ascendería a setecientos mil millones de pesos, una suma que, una vez gastada, no podría ser recuperada ni siquiera mediante una orden judicial.

Según Valencia, la suspensión es
Según Valencia, la suspensión es la única medida para evitar actos jurídicos y políticos que podrían contradecir la Constitución - crédito Colprensa

Implica que de no decretarse la suspensión provisional de la norma demandada se habilitaría al Gobierno Nacional y a la Registraduría Nacional del Estado Civil a autorizar y ejecutar los recursos necesarios para efectuar la votación de la Consulta, los cuales, de acuerdo al Registrador Nacional, ascienden a $700.000 millones”, dice el documento.

Valencia subrayó que la suspensión provisional del decreto no solo busca proteger los recursos públicos, sino evitar tensiones sociales y políticas derivadas de una consulta que, en su opinión, estaría basada en un acto jurídico contrario a la Constitución.

“Si esta medida cautelar no se adopta y el pueblo participa en la jornada electoral, se generan unos efectos jurídicos y políticos que no son posibles de retrotraer con la adopción, por ejemplo, de un fallo con efectos retroactivos”, añadió la congresista.

La senadora insistió en que, una vez ejecutados los recursos, no sería posible reincorporarlos al presupuesto nacional, lo que agravaría el impacto económico de la consulta.

Paloma Valencia le pidió a
Paloma Valencia le pidió a la Corte Constitucional suspender el decreto de la consulta popular - crédito Paloma Valencia

Además, señaló que la participación ciudadana en una jornada electoral de estas características podría generar expectativas sobre la validez de los resultados, lo que a su vez podría derivar en conflictos sociales.

“Desde el punto de vista político e institucional, la población que participe de la consulta popular va a tener la expectativa de que su pronunciamiento en las urnas tenga efectos jurídicos”, explicó la senadora del Centro Democrático.

El llamado de Valencia a la Corte Constitucional pone de manifiesto las preocupaciones sobre el impacto económico y político de la consulta popular, así como la necesidad de garantizar que los actos jurídicos que la sustentan sean compatibles con la Constitución.

Las advertencias económicas y legales
Las advertencias económicas y legales de Paloma Valencia plantean un debate sobre el costo y la legitimidad de la consulta popular - crédito Colprensa

La senadora afirmó que la suspensión provisional del decreto es la única forma de salvaguardar los recursos públicos y evitar posibles tensiones sociales derivadas de la jornada electoral.

“Estos recursos, una vez son ejecutados en tan corto tiempo, no se pueden reincorporar al Presupuesto General de la Nación, razón por la que la suspensión provisional del Decreto demandado es el único camino para salvaguardar esta apropiación presupuestal”, agregó la congresista.

Asimismo, la suspensión provisional es la única vía para evitar que la ciudadanía participe en una elección basada en un acto jurídico claramente inconstitucional. Si no se implementa esta medida cautelar y la población vota, las repercusiones jurídicas y políticas resultantes no podrán ser revertidas, ni siquiera mediante una sentencia retroactiva.

Como se señaló, una vez que los fondos públicos son gastados, es imposible reintegrarlos al Presupuesto General de la Nación, incluso por orden de la Corte Constitucional. Desde una perspectiva política e institucional, los ciudadanos que participen en la Consulta Popular esperarán que su voto tenga consecuencias jurídicas, lo que generará tensiones sociales ineludibles, incluso con un fallo retroactivo.

“De igual manera, solo la suspensión provisional tiene la capacidad de evitar que el pueblo acuda a las urnas en una jornada electoral que estuvo soportada en un acto jurídico manifiestamente contrario a la Constitución. Si esta medida cautelar no se adopta y el pueblo participa en la jornada electoral, se generan unos efectos jurídicos y políticos que no son posible retrotraer con la adopción, por ejemplo, de un fallo con efectos retroactivos”, concluyó la senadora.

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