
En medio del revuelo político y jurídico que ha desatado el intento del Gobierno de convocar una consulta popular a través de un decreto presidencial, el ministro del Interior, Armando Benedetti, salió en defensa de la iniciativa, asegurando que no se incurre en ningún delito si los ministros del gabinete la respaldan.
A través de su cuenta de X, Benedetti respondió al director de la Revista Cambio, Federico Gómez, que cuestionó sus recientes declaraciones sobre el ambiente en el interior del gabinete frente al llamado “decretazo” que busca avanzar en el mecanismo de participación ciudadana, a pesar de la negativa del Congreso.
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“Sigue mal de fuentes. Que yo sepa, nadie ha estado ni está asustado. NO HAY PREVARICATO. La decisión no es contraria a la ley sino todo lo contrario: busca garantizar que se cumpla la Constitución. Está plenamente facultada en el artículo 4 de la Constitución”, escribió el ministro.

El cruce de mensajes se originó luego de que el mismo Benedetti publicara el viernes 6 de junio por la noche: “No ha sido convocado el gabinete y nadie tiene miedo. Todos sabemos que se cometieron 6 vicios constitucionales y que no existió decisión del Senado”. Esta afirmación surgió en medio de rumores de que algunos ministros estarían consultando penalistas de confianza ante un eventual riesgo legal por acatar una orden presidencial que podría contrariar decisiones del Congreso.
A esto respondió el director del medio de comunicación: “¿Armando Benedetti no que no? Todo bien en casa señor ministro?”, y añadió que “en el gabinete hay temor con el decretazo que desconoce la decisión del Congreso”.

Petro exigió obediencia a su gabinete: “Ministro que no firme, se va”
La tensión escaló aún más en la tarde del sábado 7 de junio, cuando el presidente Gustavo Petro se pronunció de forma tajante sobre la controversia. El mandatario dejó claro que no admitirá titubeos entre sus ministros:
“Ministro que no firme el decreto presidencial de inmediato se va. El poder presidencial es poder del pueblo”, escribió en X, en una declaración que reafirma su decisión de avanzar con la consulta, pese a los reparos jurídicos y políticos que se han manifestado.
El decreto en cuestión busca convocar a una consulta popular como mecanismo de participación directa de los ciudadanos, luego de que el Congreso no aprobara el proyecto en la fecha prevista. Según el Gobierno, el Legislativo no resolvió de manera adecuada el recurso presentado tras la votación del 14 de mayo, lo que justificaría proceder por vía ejecutiva.

Abogado Iván Cancino advirtió posibles delitos
Sin embargo, voces del sector jurídico han alertado sobre la presunta inconstitucionalidad de este proceder. El abogado penalista Iván Cancino fue enfático al señalar que el presidente estaría desconociendo una votación formal del Congreso y que el camino del decreto podría acarrear consecuencias penales y disciplinarias.
“No hay la más mínima posibilidad de que el presidente pueda tramitar la consulta por decreto, si los ministros la firman, ya fueron advertidos en varias ocasiones por otras personas, estarán rayando el Código Penal y la ley disciplinaria”, aseguró Cancino en conversación con Infobae Colombia.
Según su análisis, en un escenario hipotético en que se expida y ejecute el decreto, podrían configurarse los delitos de prevaricato y fraude procesal por parte de los altos funcionarios que lo suscriban.
“Si el registrador le da validez y no se rehúsa a convocarla por excepción de inconstitucionalidad, el registrador también cometerá un posible delito y una falta disciplinaria. Aquí las instituciones se deben respetar, no es un tema de interpretación o análisis, es un tema claro. Si el Consejo de Estado dice que el Congreso no cumplió con los trámites de votación, no de apelación, deberán volver a votar, pero tampoco legitima la consulta popular por decreto”, puntualizó.

El debate actual se inscribe en un ambiente de creciente confrontación entre el Ejecutivo y otras ramas del poder público, particularmente el Legislativo y la Rama Judicial. La figura de la consulta popular, contemplada en la Constitución como un mecanismo de participación democrática, requiere el aval del Congreso para ser convocada.
En este caso, al no haberse aprobado el proyecto, el Ejecutivo pretende recurrir al artículo 4 de la Carta Política, el cual establece la primacía de la Constitución sobre cualquier norma o autoridad. Sin embargo, la polémica sigue abierta y se anticipa un escenario de demandas judiciales, pronunciamientos de órganos de control y, posiblemente, de organismos internacionales.
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