
La comunidad en Ibagué (Tolima) vivió momentos de tensión y angustia cuando se presentó un evento que sacudió la habitual tranquilidad de la ciudad.
Los hechos se presentaron en la mañana del domingo 1 de junio, en el barrio Ambalá, la altura de la calle 69 con carrera Once, cuando inició una persecución de un Jeep Rubicón rojo embistió a un carro particular y dos taxis, luego emprendió la huida.
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Según reportes del medio regional El Olfato, el incidente comenzó cuando el conductor del vehículo tipo deportivo, de placas DRT-149, Jerónimo Escobar, desobedeció un retén policial, desencadenando una frenética persecución.
El joven de 22 años decidió desafiar a las autoridades al chocando una patrulla de la Policía, resultando en la lesión de dos policías. Allí desató una intensa persecución por parte de varios uniformados.
Según testigos del suceso, varios agentes bajaron de sus vehículos oficiales a gran velocidad y empezaron a correr con las armas desenfundadas.
De acuerdo con las autoridades, estos hechos llevaron a su posterior arresto en el conjunto residencial Reservas de El Vergel, donde fue hallado con un arma traumática y municiones.
Durante la persecución, un fenómeno inesperado se desarrolló cuando un taxista, cuyo vehículo fue impactado por el Jeep de Escobar, decidió unirse a la caza.
Según testigos presenciales, el taxista ignoró las súplicas de sus pasajeros por detenerse debido al peligro inminente. A pesar de la fractura que una pasajera sufrió, el conductor persistió en su peligrosa empresa, sin medir las consecuencias para él y sus ocupantes, que finalmente lograron frenar al hombre y solicitar ayuda médica.
Además, el conductor del taxi, visiblemente afectado por la tensión, intentó simular un infarto, y tuvo que ser trasladado a la Clínica Asotrauma.
El teniente coronel, José Julián Riveros Munera, subcomandante de la Policía Metropolitana de Ibagué, aseguró que el vehículo tipo Jeep Rubicón fue inmovilizado.
“Fue capturado un ciudadano de 22 años en la calle 73 N 18ª – 75, el capturado conducía un vehículo Jeep Rubicón color rojo y minutos antes en la carrera 11 con calle 69 del barrio Ambalá habría ocasionado un siniestro vial”, explicó el teniente coronel José Julián Riveros Munera.
Este episodio inquietante fue registrado en numerosos vídeos que ahora circulan en redes sociales, generando una ola de reacciones. Mientras algunos critican duramente la imprudencia del taxista, otros se enfocan en la temeridad de Escobar al volante.
La Policía de Ibagué aprovechó la atención mediática para exhortar a la comunidad a no involucrarse en estas situaciones debido al riesgo que conllevan para todas las partes.
La participación comunitaria jugó un rol crucial en la identificación y captura del fugitivo, como agradeció públicamente la Policía.
Marco legal
En la legislación colombiana, evadir controles policiales puede constituir una falta o incluso un delito, dependiendo del contexto y las circunstancias. El comportamiento exacto está regulado principalmente en dos marcos legales:
- Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016)
Este código establece comportamientos contrarios a la convivencia, entre los que se encuentra desobedecer las órdenes legítimas de los policías en ejercicio de sus funciones. Particularmente, el artículo 35 contempla como comportamiento contrario a la convivencia el “incumplimiento de, desacato, o desobediencia a una orden de policía”. Las sanciones pueden ser multas e incluso la retención transitoria si se considera necesario para restablecer el orden.
- Código Penal Colombiano
Si la evasión de un control policial se da en el marco de una actuación judicial o administrativa, puede configurar el delito de fuga de presos (artículo 448) o el de fraude a resolución judicial o administrativa de policía (artículo 454), según el caso.
En situaciones como no detenerse en un puesto de control cuando así lo requiere la autoridad, puede configurarse también el delito de “desobediencia a la autoridad” (artículo 454 del Código Penal), especialmente si la conducta implica desconocer una orden legítima en ejercicio de funciones legales.
- Implicaciones viales
En materia de tránsito, el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) establece que no acatar señales u órdenes de la autoridad de tránsito puede conducir a sanciones administrativas, incluyendo comparendos, inmovilización de vehículos o suspensión de la licencia de conducción.
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