Declaración de renta: Dian modificó los plazos para la presentación de información exógena que corresponde a 2024

La entidad busca garantizar el cumplimiento voluntario de la obligación de los contribuyentes, teniendo en cuenta las dificultades presentadas con el acceso a los servicios en línea

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No cumplir con las obligaciones
No cumplir con las obligaciones tributarias en la Dian acarrea multas o sanciones - crédito Dian

En atención a la contingencia declarada por la indisponibilidad de los servicios digitales, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que modificará de manera transitoria los plazos para la presentación de la información exógena correspondiente l año gravable 2024.

La medida aplica de manera exclusiva para los grandes contribuyentes cuyo número de identificación tributaria (NIT) termina en 9 y 0, con vencimientos previstos para el 12 y 13 de mayo de 2025, y para las personas jurídicas y naturales con fechas límite programadas entre el 14 de mayo y el 13 de junio de 2025.

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El contenido de la medida se encuentra consignado en el proyecto de resolución que estará publicado para comentarios de la ciudadanía en el portal web de la Dian el 20 y 21 de mayo de 2025, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011.

Luis Eduardo Llinás es el
Luis Eduardo Llinás es el director encargado de la Dian - crédito @DIANColombia/X

“La modificación de plazos, propuesta en el proyecto de resolución, se da en respuesta a la contingencia certificada por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología de la entidad, anunciada mediante el Comunicado de Prensa No. 047 del 13 de mayo de 2025, que informó sobre fallas técnicas que afectaron el acceso a los servicios para la presentación de declaraciones, trámites aduaneros y envío de información exógena tributaria”, anunció la entidad que tiene como director encargado a Luis Eduardo Llinás.

Nuevos plazos propuestos

Los nuevos plazos propuestos por la Dian son los siguientes, tanto para grandes contribuyentes, como para personas jurídicas y naturales:

Grandes contribuyentes: cuyos NIT terminan en 9 y 0, y que tenían fecha límite de presentación el 12 y 13 de mayo de 2025, el nuevo plazo propuesto para presentar la información exógena será hasta el 28 de mayo de 2025.

Personas jurídicas y naturales: cuyos plazos límite de presentación estaban programados inicialmente entre el 14 de mayo y el 13 de junio de 2025, se propone un nuevo calendario que agrupa los vencimientos en función de los dos últimos dígitos del NIT, así:

  • 01 a 10: 28 de mayo de 2025.
  • 11 a 20: 3 de junio de 2025.
  • 21 a 30: 4 de junio de 2025.
  • 31 a 40: 5 de junio de 2025.
  • 41 a 50: 6 de junio de 2025.
  • 51 a 60: 9 de junio de 2025.
  • 61 a 70: 10 de junio de 2025.
  • 71 a 80: 11 de junio de 2025.
  • 81 a 90: 12 de junio de 2025.
  • 91 a 00: 13 de junio de 2025.

La propuesta, agregó la entidad, busca garantizar el cumplimiento voluntario de la obligación de los contribuyentes, teniendo en cuenta las dificultades presentadas con el acceso a los servicios en línea. Asimismo, armoniza el cronograma institucional para el procesamiento, validación y cruce de esta información, fundamental para las acciones de fiscalización, control y cumplimiento de las funciones misionales de la Dian.

Aplicación y aclaraciones

Asimismo, esta precisó que la modificación no implica un cambio general en el calendario tributario, sino que se trata de una propuesta específica aplicable únicamente a quienes se vieron afectados por la contingencia declarada el 12 de mayo de 2025.

La información deberá presentarse dentro de los nuevos plazos establecidos, una vez se expida la resolución definitiva.

Críticas a sistema de la Dian

Por supuesto, la situación en la Dian ya generó muchas críticas. Una de ellas fue la del ex subdirector operativo de Fiscalización y Liquidación Tributaria y ex subdirector de Análisis y Sectores Estratégicos de la Dian Christian Quiñonez, contador público y socio fundador de Clavertax Assestment.

Christian Quiñonez, exsubdirector operativo de Fiscalización y Liquidación Tributaria y exsubdirector de Análisis y Sectores Estratégicos de la Dian, criticó que los problemas informáticos de la entidad se presenten siempre - crédito Christian Quiñonez

El exfuncionario lamentó que, nuevamente, como todos los años llegan estos tiempos y lastimosamente los contadores públicos tienen que sufrir ese estrés, esa angustia de no poder cumplir con las obligaciones tributarias, ya que la plataforma de la Dian no tiene la capacidad para recibir todas las declaraciones al mismo tiempo.

Aunado con esto, criticó que también sufren los funcionarios de la entidad, que no pueden ejecutar sus labores porque la plataforma está caída Y en la mitad, que está el equipo de tecnología de la Dian recién llegado, que, precisamente, por ese reto de haber recién llegado es muy posible que esperan mostrar que esto es un tema que se puede arreglar con facilidad.