
Para verificar antecedentes, procesos legales o requerimientos pendientes, es usual que en sus labores de control y prevención en calle, agentes de la Policía soliciten documentos a los transeúntes.
De ahí que negarse acarree consecuencias, como la imposición de una multa, de acuerdo con lo establecido en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia.
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Ahora bien, según dijo un vocero de la Policía en entrevista con Noticias Caracol, los uniformados no pueden aplicar el comparendo si el ciudadano se muestra dispuesto a identificarse.
Es válido enseñar la cédula en físico, pero también una fotografía o la versión digital, que se encuentra en la aplicación móvil de la Registraduría.

En caso de no presentar ninguna o negarse al procedimiento, el uniformado podrá aplicar una multa de tipo 4, por 32 salarios mínimos diarios legales vigentes que, en el 2025, equivalen a $1.361.408 COP.
Otras faltas que podrían generar sanciones económicas a los ciudadanos, durante sus interacciones con la Policía, de acuerdo con el artículo 35, de la Ley 1801 del 2016 son:
- Irrespetar a las autoridades de Policía.
- Incumplir, desacatar, desconocer o impedir la función o la orden de Policía.
- Impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a un procedimiento de identificación o individualización.
- Negarse a entregar información veraz sobre lugar de residencia, domicilio o actividad cuando sea requerida.
- Ofrecer resistencia a la aplicación de una medida o a la utilización de un medio de Policía.
- Agredir o lanzar objetos o sustancias que representen peligro a las autoridades.
- Utilizar de forma inadecuada el sistema de número único de seguridad y emergencia.
¿Cuáles son las multas que más se imponen en por faltas al Código Nacional de Seguridad y Convivencia?
Las multas más frecuentes por faltas al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana en Colombia corresponden a infracciones relacionadas con el orden público, la tranquilidad y la convivencia social. Según datos oficiales de la Policía Nacional y el Ministerio del Interior, actualizados en el 2024, estas sanciones se aplican principalmente por comportamientos que afectan la convivencia ciudadana en espacios públicos.
Entre las infracciones más comunes, figuran el consumo de bebidas alcohólicas en lugares prohibidos, la alteración del orden público mediante ruido excesivo y la venta ambulante no autorizada. De acuerdo con el informe de la Policía Nacional sobre seguridad ciudadana 2023-2024, las multas por consumo de alcohol en espacios públicos representan cerca del 30 % de las sanciones aplicadas, lo que las convierte en la infracción más recurrente.

El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana establece que el consumo de alcohol en sitios no autorizados puede acarrear multas que oscilan entre 1 y 10 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), dependiendo de la gravedad y reincidencia.
Otra infracción común corresponde a las multas por generación de ruidos molestos en horarios no permitidos. El Código regula los niveles de ruido para preservar el descanso y bienestar de los vecinos, y la Policía impone sanciones cuando se supera el límite establecido, especialmente en zonas residenciales. Este tipo de multas constituye cerca del 20 % del total, con montos que también varían entre 1 y 5 SMDLV, según el contexto y la reincidencia.

Las autoridades también reportan un alto número de sanciones por venta ambulante ilegal, que afectan la movilidad y el orden en espacios públicos. Estas multas se ubican en torno al 15 % de las infracciones y pueden alcanzar hasta 10 SMDLV. La Alcaldía de Bogotá ha reforzado los controles para disminuir esta práctica, que suele ir acompañada de otros problemas de convivencia.
Finalmente, las multas por infringir normas sobre el uso de espacios públicos, como estacionar en sitios no autorizados o no recoger excremento de mascotas, entraron tambipen en el listado. Según el Ministerio del Interior, estas infracciones suman cerca del 10 % de las multas totales, con montos que varían según la autoridad territorial.
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