
Una decisión disciplinaria en primera instancia emitida por la Procuraduría General de la Nación provocó una nueva controversia en el panorama político de Medellín. El órgano de control disciplinario sancionó con destitución e inhabilidad por 14 años para ejercer funciones públicas a Juan Pablo Ramírez Álvarez, que se desempeñó como secretario de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos durante la administración del exalcalde Daniel Quintero Calle.
La medida se fundamenta en una presunta coacción ejercida sobre funcionarios de la Alcaldía de Medellín, a quienes, según el fallo, se les habría exigido aportar parte de su salario para financiar actividades políticas ligadas a la Corporación el futuro se parece a nosotros, asociada al movimiento político del exmandatario local.
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El documento disciplinario también contempla sanciones similares para otros dos exfuncionarios de esa misma administración: Juan Daniel Pulgarín Correa, exsubsecretario de Grupos Poblacionales, y Fredy Alfonso Agudelo Bolívar, exsubsecretario de la Secretaría de Suministros y Servicios; ambos fueron destituidos e inhabilitados por 12 años, tras determinarse que ejercieron sus funciones con una finalidad distinta a la prevista legalmente, en concordancia con lo establecido por el Código General Disciplinario.

Según los hallazgos del ente de control, las conductas sancionadas se catalogan como ‘faltas gravísimas’, cometidas a título de ‘dolo’, es decir, con conocimiento y voluntad de la irregularidad.
En el caso específico de Ramírez, se estableció que “usó su posición como jefe de cartera para presionar a subalternos a respaldar económicamente una causa política”, de acuerdo con el fallo. Dicha conducta fue interpretada por la Procuraduría como una transgresión directa a los principios de moralidad administrativa y a la prohibición de utilizar recursos humanos del Estado para promover proyectos de índole política o personal.

El fallo detalla que estas presuntas presiones no fueron aisladas, sino que habrían constituido parte de una práctica sistemática orientada a favorecer políticamente a la corporación antes mencionada. En ese sentido, se señala que los aportes requeridos a los funcionarios no estaban motivados por razones institucionales, sino que su objetivo era “contribuir financieramente al sostenimiento de una plataforma política afín a los intereses de un sector del gobierno local”.
Sobre Juan Daniel Pulgarín Correa y Fredy Alfonso Agudelo Bolívar, la Procuraduría explicó que, aunque no se les atribuyó la coacción directa, sí se determinó que “actuaron de manera funcional con el esquema de direccionamiento de recursos y acciones institucionales hacia fines ajenos a su competencia”, lo que también configura una falta gravísima.
Para estos dos exfuncionarios, la sanción contempla una inhabilidad de 12 años, como se menciona previamente, además de la destitución inmediata de cualquier cargo que llegaren a ocupar.

El fallo se apoya en diversas disposiciones legales contempladas tanto en el Código Disciplinario Único como en el nuevo Código General Disciplinario, en especial los artículos que establecen la prohibición de utilizar el cargo para obtener beneficios políticos o para presionar a otros servidores públicos en relación con causas o movimientos particulares.
La Procuraduría concluyó que las evidencias recolectadas durante el proceso son suficientes para afirmar que los tres sancionados infringieron esos principios, comprometiendo la legalidad y la transparencia de la función pública.
Este proceso disciplinario se suma a una serie de investigaciones y controversias que rodena la gestión del exalcalde Daniel Quintero desde su paso por la administración municipal entre 2020 y 2023. Aunque el fallo no lo vincula directamente como procesado, la mención de la corporación —identificada como parte del proyecto político del exmandatario— vuelve a situar en el debate público las actuaciones administrativas desarrolladas durante su periodo de gobierno.
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