
El Tribunal Superior de Barranquilla emitió una sentencia condenatoria de 57 años y 6 meses de prisión contra Dayana Jassir de la Hoz, al considerarla autora intelectual del asesinato de su esposo, Eduardo Pinto Viloria, director de la Regional Norte de Medicina Legal y con quien tenía un hijo.
Según informó el tribunal, la decisión revoca un fallo absolutorio previo y establece la responsabilidad de Jassir en el crimen ocurrido en mayo de 2016. La condena incluye, además, la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante 20 años y la prohibición de portar armas de fuego o solicitar permisos para ello durante el mismo periodo. La sentencia representa una de las condenas más severas emitidas en Barranquilla, marcando un precedente en la justicia penal de la ciudad.
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De acuerdo con el fallo, emitido el 15 de mayo de 2025 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, Jassir fue hallada culpable como determinadora de los delitos de homicidio agravado, porte ilegal de armas agravado y hurto calificado y agravado. El magistrado Jorge Eliécer Cabrera Jiménez, que presidió la audiencia pública virtual, detalló que la acusada tuvo un papel decisivo en la planeación y facilitación del asesinato de su esposo.
“La señora Dayana Jassir de la Hoz actuó con pleno conocimiento y voluntad, dando las órdenes y facilitando los medios para que se perpetrara el homicidio”, afirmó Cabrera durante la lectura del fallo. Asimismo, se ordenó la captura inmediata de Jassir, que hasta ahora permanecía en libertad mientras se resolvía el recurso de apelación.
El asesinato de Eduardo Pinto, ocurrido el 4 de mayo de 2016 en su residencia al norte de la capital del Atlántico conmocionó a la opinión pública. Pinto fue hallado sin vida con múltiples impactos de bala en el pecho. Desde el inicio de la investigación, la Fiscalía manejó la hipótesis de un crimen por encargo, identificando a varios implicados materiales, entre ellos Yeison Legrand González y Luis Miguel Barros, que confesaron su participación.

Las autoridades detallaron que las declaraciones de los sicarios, junto con interceptaciones telefónicas, seguimientos y análisis financieros, apuntaron a Jassir como la autora intelectual del homicidio. El ente acusador argumentó que Jassir habría contratado a los asesinos a través de un intermediario, motivada por conflictos económicos y personales con su esposo.
En noviembre de 2023, el Juzgado 12 Penal del Circuito de Barranquilla absolvió a Jassir, argumentando que no existían pruebas directas que acreditaran su responsabilidad. La defensa de la acusada sostuvo que el caso se basaba en testimonios contradictorios y carecía de solidez jurídica. Sin embargo, la Fiscalía apeló la decisión, señalando que el cúmulo probatorio era suficiente para demostrar la culpabilidad de Jassir. El Tribunal Superior de Barranquilla, al analizar el recurso, concluyó que las pruebas, incluidas las declaraciones de los coautores materiales, eran consistentes y permitían establecer la autoría intelectual de la acusada.

El magistrado Cabrera subrayó que las dudas en el proceso no podían resolverse a favor de Jassir, ya que las pruebas eran claras y directas. La sentencia representa una de las condenas más severas emitidas en Barranquilla, marcando un precedente en la justicia penal de la ciudad.
Aunque la sentencia del Tribunal Superior de Barranquilla es definitiva en esta instancia, la defensa de Jassir aún puede interponer un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia, que tendría la última palabra sobre el caso. Mientras tanto, la orden de captura contra Jassir sigue vigente, y se espera que las autoridades judiciales y policiales ejecuten su detención para que cumpla la condena en un centro carcelario designado por el Inpec.
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