
La Procuraduría General de la Nación anunció duras sanciones contra cinco exfuncionarios y el exgobernador de Arauca tras el hallazgo de irregularidades que produjo sobrecostos en la ejecución del Programa de Alimentación Escolar (PAE) en ese departamento.
Los exfuncionarios y contratistas están involucrados en la gestión del contrato 469 de 2019, en el que se comprobaron sobrecostos y fallas en los estudios previos y la ejecución del programa, lo que afectó directamente los derechos fundamentales de los estudiantes beneficiarios.
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La Procuraduría determinó la destitución e inhabilidad del exsecretario de Educación de Arauca William Arévalo Quintero, y el exgerente de Contratación (e) Uriel Niño López, por un periodo de nueve años y seis meses.
El Ministerio Público indicó que Arévalo Quintero participó en la elaboración de los estudios previos del modificatorio uno y firmó un adicional al contrato inicial por un valor de $3.793’564.800, sin contar con análisis económicos completos que justificaran el costo de las raciones para preparar en casa, lo que generó sobrecostos por $898’121.782.
Por su parte, Niño López, según el ente de control, omitió garantizar que los estudios previos cumplieran con la normativa vigente y no ordenó la publicación de todos los documentos relacionados con el contrato.
“(...) intervino en la etapa contractual del modificatorio 1 al bilateral omitiendo garantizar que el contenido de los estudios previos, remitidos por la Secretaría de Educación se ajustaran a la normatividad vigente y, en segundo lugar, como líder de contratación omitió ordenar la publicación de la totalidad de los documentos que hacían parte del contrato”, detalló la Procuraduría en el comunicado.

En una decisión similar, la Procuraduría también destituyó e inhabilitó por nueve años a Maricel Ortiz Ramírez, exsecretaria de Educación departamental, por suscribir el adicional dos del contrato inicial, que ascendía a $4.242’584.008.
Según el ente de control, Ortiz Ramírez no elaboró estudios previos adecuados que cumplieran con los lineamientos establecidos por la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar, especialmente en el contexto de la pandemia por el covid-19.
Cabe precisar que, el entonces gobernador de Arauca durante el periodo 2020-2021, José Facundo Castillo Cisneros, también fue sancionado, al imponerle una suspensión de 12 meses, convertida en salarios devengados, por su participación en la celebración del modificatorio uno del contrato del PAE, que tenía un valor de $14.078’860.590.
La entidad explicó que Castillo Cisneros no garantizó la realización de estudios de mercado serios que evitaran sobrecostos en la transición de raciones servidas en instituciones educativas a raciones para preparar en casa.
En cuanto a los contratistas, la representante legal de la empresa interventora Invida SAS, Diana Susi Mahecha Herrera, recibió una multa equivalente a 20 salarios mínimos mensuales vigentes en la época de los hechos, además de una inhabilidad de 10 años para ejercer funciones públicas o contratar con el Estado.

Para la Procuraduría, Mahecha Herrera no cumplió con su deber de supervisar y controlar la ejecución del contrato del PAE. Asimismo, el supervisor del contrato de interventoría, Holman Jeffrey Ruiz Puerta, fue sancionado con una suspensión de tres meses, convertida en salarios básicos para el momento de la comisión de la falta, por no desempeñar adecuadamente las funciones asignadas.
El Ministerio Público concluyó que las conductas omisivas de los sancionados permitieron que el contratista del PAE, Unión Temporal Alimentar Arauca 2019, implementara raciones para preparar en casa con una cantidad insuficiente de ingredientes, incapaz de cubrir las necesidades alimenticias de los estudiantes. “(...) no alcanzaba para elaborar 20 almuerzos por estudiante“, añadió el ente de control.
“Con este actuar los sancionados afectaron los derechos fundamentales a la alimentación escolar y la educación en pandemia de los niños, niñas y adolescentes araucanos, generando sobrecostos en detrimento del patrimonio del Estado, de cara a los precios y condiciones reales del mercado”, anotó la entidad.
La Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 3 indicó que contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular.
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