
En una determinación con la que habrían ratificado su posición sobre uno de los temas de interés nacional, los magistrados del Consejo de Estado confirmaron su apoyo a la decisión emitida por la Sala de Consulta del alto tribunal, que avala la facultad del Consejo Nacional Electoral (CNE) para investigar presuntas irregularidades en la financiación de la campaña electoral que llevó al presidente de la República, Gustavo Petro, al poder.
Con salvedad de que el mandatario no puede ser sancionado directamente como jefe de Estado, se conoció el lunes 12 de mayo de 2025, a través de una publicación de Semana, que los togados rechazaron con vehemencia las críticas dirigidas contra ellos por el primer mandatario, que calificó la competencia del CNE en el caso por presunto sobrecosto por más de $5.355 millones como “un golpe de Estado”.
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Según conoció el citado medio, los magistrados consideraron las declaraciones del jefe de Estado como inapropiadas, y añadieron que mantienen “un respaldo total” al fallo de la Sala de Consulta pese a las tensiones. De hecho, una fuente citada por la revista afirmó que los magistrados enfatizaron que su trabajo no puede dejarse influir por los pronunciamientos del mandatario.
Es válido destacar que la controversia generada por el fallo del Consejo de Estado, que resolvió el 6 de agosto de 2024 un conflicto de competencias entre el CNE y la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, más allá de la posterior determinación de la Corte Constitucional, que suspendió los efectos sobre la figura del presidente, ha suscitado tensiones en este organismo; particularmente tras los señalamientos del propio gobernante sobre estas actuaciones.
La cronología de la disputa entre Gustavo Petro y el Consejo de Estado
El origen de este conflicto surgió cuando la Sala de Consulta resolvió que el CNE tenía jurisdicción para indagar los supuestos manejos irregulares en la financiación de la campaña presidencial de Gustavo Petro, pero aclaró que, en su calidad de presidente en ejercicio, no se le podría imponer ninguna sanción. Tras esta resolución, el jefe de Estado expresó su inconformidad de manera pública, calificó el acto como inconstitucional, al afirmar que afectaba las bases mismas del sistema democrático.

Según lo detallado por Semana, la percepción de “golpe de Estado” mencionado por Petro generó “profundo malestar” entre los miembros de la Sala, que reiteraron que su decisión se fundamenta en las competencias establecidas por el marco jurídico vigente. Este fallo, vale remarcar, se limita a definir las facultades del Consejo Nacional Electoral para investigar hechos relacionados con la campaña electoral del entonces candidato, pero sin entrar en sanciones al actual mandatario.
En medio de estas disputas mediáticas y jurídicas, es menester resaltar que el caso continúa en estudio de la Corte Constitucional, que tendrá la obligación de definir si el órgano electoral actuó dentro de los límites legales al iniciar la investigación vinculada a los aportes y gastos de la campaña presidencial. Este proceso podría marcar un precedente en materia de control electoral para futuros mandatarios y candidatos en Colombia, pues establecería fronteras entre las determinaciones administrativas del CNE y los derechos de las figuras públicas en el cargo.

Este caso, sin duda, plantea una serie de preguntas sobre el delicado balance de poderes y la autonomía de los organismos encargados de regular procesos electorales. Así, mientras el Consejo de Estado habría respaldado la legitimidad del fallo de la Sala de Consulta, el presidente ha optado por señalar que esto constituye una interferencia política con implicaciones para su gobierno. Semana reportó que los magistrados insistieron en que las decisiones judiciales deben alejarse de cualquier tipo de influencia externa y se mantendrán firmes en cumplir con sus obligaciones constitucionales.
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