El Icbf tuvo que indemnizar a cinco familias por abuso sexual a menores en un jardín infantil bajo su control

La sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca fue dictada en julio de 2024; sin embargo, el victimario murió en 2022

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El Icbf debió indemnizar a
El Icbf debió indemnizar a 5 familias por lo que hizo un docente del jardín Corinto, en Bogotá - crédito Colprensa

Miles de ciudadanos en el país se han pronunciado para condenar, con indignación, el caso de presunto abuso sexual en el jardín infantil Canadá, en Bogotá.

Y ante las fuertes y contundentes reacciones de la opinión pública, salió a relucir un precedente judicial que revela que este tipo de crímenes no son nuevos en instituciones bajo supervisión estatal.

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Un informe que publicó Blu Radio trajo al debate un caso que sucedió antes de 2017, en el Hogar Infantil Corinto, también ubicado en la capital del país, en el que al menos 18 menores habrían sido víctimas de abuso sexual, tortura y maltratos, según determinó la justicia colombiana.

De los 18 menores de
De los 18 menores de edad solo las familias de 5 fueron indemnizadas - crédito Colprensa

El caso fue revelado por familiares de los niños, quienes presentaron una demanda contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) y la Nación - Fiscalía General de la Nación.

En esa oportunidad señalaron como agresor principal al docente Fabián Vivas Guzmán. Según los documentos judiciales, Vivas tenía contacto directo con los menores y fue denunciado por múltiples hechos de violencia sexual y física.

La demanda argumentó que el Estado falló en sus deberes de control y vigilancia, permitiendo que se produjeran los abusos sin intervención oportuna.

Ya en el 2024, en el mes de julio, cuando el Tribunal Administrativo de Cundinamarca dictó sentencia de segunda instancia y condenó al Icbf y al jardín Corinto a pagar indemnizaciones por perjuicios morales y daño a la salud a cinco de las víctimas directas identificadas como HRG, BAMV, JOBT, EHL y KCEL.

El Icbf debió implementar horas
El Icbf debió implementar horas de capacitación para todos sus trabajadores educativos - crédito ICBF

Cada menor fue compensado con el equivalente a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes, además de sumas adicionales por reparación integral.

El fallo también reconoció como víctimas indirectas a padres, hermanos y abuelos de los menores, como comunicó el medio.

A pesar de que en el proceso fueron mencionados 18 niños afectados, el tribunal ordenó indemnizar únicamente a cinco.

Asimismo, impuso al Icbf medidas institucionales como la capacitación obligatoria de sus funcionarios, la divulgación interna del fallo y la entrega de una disculpa escrita a las familias involucradas.

Uno de los datos más inquietantes del caso es que el presunto agresor, Fabián Vivas Guzmán, falleció en 2022 en circunstancias que aún no han sido esclarecidas por las autoridades.

Su muerte impidió un juicio penal en su contra, dejando vacíos judiciales sobre la magnitud de sus actos y su posible responsabilidad en otros casos no denunciados.

Así fue la condena

En un fallo contundente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca responsabilizó al Icbf por su omisión en la protección de 18 menores de edad que fueron víctimas de maltrato, tortura y abuso sexual en el Hogar Infantil Corinto, adscrito a esta entidad estatal.

La decisión se conoció en medio de la consternación nacional por un nuevo escándalo de abuso en el jardín infantil Canadá, también en Bogotá.

El tribunal concluyó que el Icbf y el Hogar Infantil Corinto incurrieron en una falta grave al no ejercer el debido control sobre el personal a cargo de los menores.

Concluye la Sala que de acuerdo con las pruebas que obran en el expediente, la vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en esta instancia es imputable, de forma solidaria, al Icbf y al Hogar Infantil Corinto, porque el daño allegado se produjo como consecuencia de la omisión en el deber de cuidado y vigilancia que correspondía al hogar comunitario en el cual se encontraban inscritos los infantes”, señaló el fallo, citado por Semana.

El tribunal determinó que en
El tribunal determinó que en el caso hubo una grave omisión en los deberes de protección de la niñez - crédito ICBF

La sentencia advierte sobre una “grave omisión” en la “vigilancia y cuidado” de los niños y niñas, al no haberse implementado medidas de seguridad que previnieran el riesgo de abusos por parte del personal.

Entre las medidas ordenadas está la implementación de un plan de formación a nivel nacional. “Ordenar al Icbf que imparta capacitación de por lo menos 120 horas a todos los servidores públicos de Icbf y los hogares infantiles a su cargo, a nivel nacional, en el cual se sensibilice y explique de manera detallada la importancia de su función como autoridades educativas y los límites que ello comporta, en especial respecto a la prevención, mitigación y acompañamiento a los menores víctimas de violencia escolar incluyendo el abuso sexual”.