
Las Salas y Secciones de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) enviaron un contundente pronunciamiento al despacho de la magistrada Claudia López solicitando que se rechace la acción de tutela interpuesta por seis exmiembros del secretariado de las antiguas Farc.
Esta tutela, promovida por Rodrigo Londoño, alias Timochenko, y otros líderes del partido Comunes, busca frenar los procesos judiciales abiertos en su contra, alegando irregularidades en el procedimiento y reclamando que se les juzgue con una sola resolución que contenga todos los hechos por los cuales fueron imputados.
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La acción fue radicada en un momento clave: a pocas semanas del vencimiento del plazo para que reconozcan responsabilidad por delitos especialmente graves como el reclutamiento forzado de menores y las violencias sexuales al interior de las filas guerrilleras, temas ante los cuales han mostrado resistencia a admitir una política sistemática de victimización.
La polémica por las resoluciones fragmentadas

El epicentro de la controversia es el modelo adoptado por la JEP para procesar a los comparecientes. El 7 de abril, la jurisdicción emitió un comunicado en el que accedió parcialmente a las solicitudes del antiguo secretariado de las Farc: se emitirán resoluciones individuales por compareciente, pero con los hechos victimizantes desagregados.
Esta decisión fue el resultado de un encuentro entre magistrados en Palomino, La Guajira, que posteriormente generó críticas desde algunos sectores, incluida la propia magistrada Claudia López, que consideró inconveniente la metodología del cónclave.
Sin embargo, para los exmiembros de las Farc, la fragmentación de las resoluciones representa una amenaza a principios fundamentales del derecho. En su tutela, conocida por Blu Radio, los comparecientes argumentan que, “el procedimiento ante la sección está diseñado para tramitar una resolución de conclusiones integral y definitiva, en la que se evalúe la correspondencia entre las conductas reconocidas, los responsables y se emitan de manera ágil las sanciones, conforme a los parámetros establecidos”. Según sostienen, este modelo “no contempla la tramitación fragmentada, ni por partes, de resoluciones parciales, lo cual podría afectar la coherencia del proceso y vulnerar los principios de unidad procesal y seguridad jurídica”.

Los firmantes del acuerdo de paz también advierten sobre el riesgo de ser sancionados varias veces por los mismos hechos, lo cual, según ellos, pondría en entredicho el principio de cosa juzgada y, en consecuencia, “pone en riesgo los derechos a la paz”.
Las exigencias de los comparecientes
En su tutela, los exjefes guerrilleros hicieron una serie de solicitudes concretas:
- Que se declare la vulneración del derecho de petición judicial por la falta de una respuesta de fondo.
- Que se reconozca la afectación al debido proceso por la emisión de un oficio sin las características jurídicas de una providencia formal.
- Que se reconozca la vulneración del derecho a la defensa, dado que el documento no permite interponer recursos ni ejercer mecanismos de control.
Además, exigieron a la Sala de Reconocimiento de Verdad que se abstenga de emitir resoluciones fragmentadas, salvo que exista una justificación excepcional, clara y motivada.
Magistrados responden: no hay violación al debido proceso

Frente a estos señalamientos, los magistrados de la JEP presentaron un sólido bloque argumentativo. En los documentos conocidos por El Tiempo, se deja constancia de las múltiples ocasiones en las que la defensa del último secretariado de las Farc ha interpuesto recursos, lo que ha contribuido a dilatar el proceso de judicialización. A su vez, se detallan los actos de notificación llevados a cabo por la Jurisdicción, los cuales, según los togados, se han hecho “con el rigor judicial correspondiente”.
“Todas estas actuaciones se adhieren a la determinación de la Sección de rodear a los comparecientes de los principios y garantías que aseguran el cumplimiento del debido proceso”, se lee en el concepto firmado por el magistrado Suárez.
En esa misma línea, el documento solicita que “se declare la no vulneración de los derechos de petición y del debido proceso y consecuentemente que se nos desvincule de la acción de tutela”.
Por su parte, el presidente de la JEP, magistrado Alejandro Ramelli, también elevó su voz en contra de la tutela interpuesta, subrayando que esta fue presentada en un momento estratégico para evitar enfrentar los procesos por crímenes particularmente sensibles.
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