
La Secretaría Distrital de Integración Social denunció el jueves 01 de mayo ante la Fiscalía General de la Nación la utilización del cepo –un instrumento de castigo físico– contra cuatro adolescentes de la comunidad Emberá, que se encontraban bajo el cuidado de la Unidad de Protección Integral La Rioja, en Bogotá.
El hecho, ocurrido el 30 de abril, representa una grave vulneración de derechos humanos, según lo establecen la Constitución Política y la Ley 2089 de 2021, que prohíben todo tipo de castigo físico o trato degradante contra menores de edad.
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Los jóvenes, cuyas edades oscilan entre los 11 y los 14 años, fueron hallados en condiciones de privación de la libertad mediante este mecanismo ancestral, que aún es utilizado por algunas comunidades indígenas como forma de sanción. La situación fue descubierta tras reportarse la ausencia de uno de los menores, lo que activó las rutas institucionales de protección.

En respuesta inmediata, la Secretaría Distrital de Integración Social, en articulación con la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación, realizó un abordaje intercultural para mediar con la comunidad Emberá y los voceros de La Rioja, logrando la liberación de los adolescentes. Paralelamente, se desplegó un equipo de atención psicosocial para brindar acompañamiento a las familias, y la Comisaría de Familia de Funza asumió el caso para implementar las medidas de protección correspondientes.
El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, condenó enérgicamente los hechos e insistió en que, en contextos como el del Parque Nacional o predios fiscales como La Rioja o La Florida, no se cumplen los requisitos para la aplicación de la jurisdicción especial indígena. En tal sentido, anunció que se ampliarán las denuncias por usurpación de funciones públicas ante la Fiscalía.
Por su parte, la Secretaría Distrital de Integración Social reiteró su llamado a la comunidad Emberá asentada en Bogotá, especialmente en la UPI La Florida, para que se abstenga de aplicar métodos de justicia tradicional como el cepo. La entidad recordó que, aunque se respeta la diversidad cultural y la autonomía de los pueblos indígenas, la aplicación de justicia indígena en territorio urbano fiscal no cumple con los factores territoriales, institucionales ni objetivos definidos por la Corte Constitucional para su validación.

La entidad subrayó que estos lugares son bienes fiscales del Distrito, lo que impide el cumplimiento del factor territorial, uno de los criterios establecidos por la Corte Constitucional para validar la jurisdicción especial indígena. También señaló que los factores subjetivo, institucional y objetivo, definidos por la jurisprudencia, tampoco se cumplen en este contexto.
“La garantía de los derechos de la niñez está por encima de cualquier tradición o costumbre”, recalcó la Secretaría, reiterando el principio constitucional que ubica la protección integral de niños y adolescentes como una prioridad del Estado.
No es la primera vez que se reporta un caso similar. El 23 de marzo, tres adolescentes de la misma comunidad también fueron víctimas del uso del cepo, lo que generó una fuerte reacción institucional. En ambas ocasiones, las autoridades han insistido en que estas prácticas son incompatibles con el marco legal colombiano y constituyen una clara infracción a los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.

“La protección integral de la niñez es un deber constitucional y una prioridad del Estado colombiano. Ninguna costumbre puede justificar el uso de castigos físicos contra menores”, subrayó la Secretaría en su comunicado.
Las autoridades distritales informaron que seguirán monitoreando de cerca la situación y anunciaron que se mantendrán alertas ante cualquier otro acto que pueda poner en riesgo la integridad y el bienestar de los menores que integran esta población en condición de vulnerabilidad.
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