Esta es la fecha límite para realizar el pago del impuesto predial de Bogotá en 2025: hay varias formas de hacerlo

Hasta el 25 de abril, los contribuyentes podían acceder a un descuento del 10% en la responsabilidad tributaria, ahora deberán hacerlo sin esa ventaja

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Los contribuyentes pueden realizar el
Los contribuyentes pueden realizar el pago del predial en línea, presencial o mediante medios electrónicos bancarios - crédito Alcaldía de Bogotá

Hasta el viernes 25 de abril de 2025, los contribuyentes del impuesto predial tenían la opción de realizar el pago del tributo con un descuento del 10%. Sin embargo, una vez concluida la fecha, los residentes de Bogotá deberán llevar a cabo la responsabilidad tributaria sin el beneficio, pero podrán hacerlo de dos maneras.

Cabe recordar que, este tributo, que aplica a todos los propietarios, poseedores o usufructuarios de bienes inmuebles ubicados en el Distrito Capital, es una obligación fiscal que debe cumplirse dentro de los plazos establecidos para evitar sanciones.

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Además del pago único, los propietarios de predios residenciales y no residenciales tienen la opción de acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (Spac), siempre y cuando presenten la declaración antes del 9 de mayo a través de la Oficina Virtual de la Secretaría. Este sistema permite dividir el pago en cuatro cuotas, con fechas límite el 6 de junio, 8 de agosto, 3 de octubre y 5 de diciembre de 2025, según lo estipulado en la Resolución SDH-000287 del 12 de diciembre de 2024.

Propietarios, poseedores y usufructuarios, entre
Propietarios, poseedores y usufructuarios, entre los obligados a pagar el impuesto predial en Bogotá - crédito Secretaría de Planeación Distrital

¿Quiénes están obligados a pagar el impuesto predial?

La Secretaría Distrital de Hacienda explicó que el impuesto predial debe ser asumido por diferentes tipos de contribuyentes, dependiendo de su relación con el inmueble. Entre ellos se encuentran:

  • Propietarios: personas naturales o jurídicas que cuentan con la documentación legal que acredita la propiedad del predio.
  • Poseedores: aquellos que, aunque no tengan títulos de propiedad, ejercen control físico sobre el inmueble y lo utilizan como si fueran dueños.
  • Usufructuarios: individuos con derecho a usar y disfrutar del predio, siempre con autorización del propietario. Para demostrar esta condición, es necesario presentar el certificado de libertad.
  • Fideicomitentes y beneficiarios: personas que poseen inmuebles dentro de un patrimonio autónomo administrado por una entidad fiduciaria.
  • Tenedores: entidades o personas que tienen permiso para usar inmuebles públicos por un tiempo determinado.
  • Entidades financieras: en el caso de inmuebles adquiridos mediante contratos de leasing.

Canales habilitados para realizar el pago

Igualmente, la entidad dispuso múltiples canales para facilitar el pago del impuesto predial. Según informó la secretaría, los contribuyentes pueden optar por realizar el pago en línea, a través de medios electrónicos bancarios o de manera presencial en bancos autorizados.

El plazo para pagar el
El plazo para pagar el impuesto predial en Bogotá sin descuento finaliza el próximo 11 de julio - crédito Alcaldía de Bogotá
  1. Pago en línea: a través del botón “Pagos Bogotá”, los usuarios pueden realizar el pago mediante PSE, utilizando cuentas de ahorro o corriente de entidades como Bancolombia, Davivienda, BBVA, Banco de Bogotá, entre otras. También es posible pagar con tarjeta de crédito VISA, MasterCard, American Express y Diners, dependiendo del banco.
  2. Medios electrónicos bancarios: los contribuyentes pueden utilizar cajeros electrónicos, canales telefónicos y sitios web de bancos como Banco de Occidente, Banco AV Villas, BBVA y Davivienda. Por ejemplo, el Banco de Occidente permite pagos a través de cajeros ATH, su línea telefónica (601-3902058) y su portal web.
  3. Pago presencial: para quienes prefieran realizar el trámite de manera presencial, los bancos autorizados incluyen Bancolombia, Davivienda, BBVA, Banco de Bogotá, Banco AV Villas y Banco de Occidente. Es importante llevar la factura impresa en láser para garantizar la correcta lectura del código de barras.

Para la cancelación normal del tributo, es decir, sin cobijarse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (Spac), los contribuyentes tendrán hasta el 11 de julio para realizar el pago del impuesto predial correspondiente al año en curso.

Atención presencial y puntos habilitados

Además de los canales virtuales, la Secretaría de Hacienda habilitó puntos de atención presencial para resolver inquietudes y realizar trámites relacionados con el impuesto predial. Los Puntos de Atención Especializada están disponibles de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 6:00 p. m., y los sábados, de 8:00 a. m. a 12:30 p. m., en las siguientes direcciones:

  • Carrera 19 N.° 114 - 65 Local 3
  • Carrera 71D N.° 6 - 94 sur, Centro Comercial Plaza de las Américas, locales 1132 y 1134
Los impuestos prediales pueden pagarse
Los impuestos prediales pueden pagarse en SuperCade CAD - crédito Alcaldía de Bogotá

Asimismo, los contribuyentes pueden acudir a la RedCade, que opera en diferentes puntos de la ciudad, con horarios de lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 4:30 p. m., y los sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m. Las ubicaciones incluyen:

  • 20 de Julio: carrera 5A N.° 30C-20 sur
  • Américas: avenida carrera 86 N.° 43-55 sur
  • CAD: carrera 30 N.° 25-90, torre B
  • Suba: calle 145 N.° 103B-90
  • Bosa: calle 57R Sur N.° 72D-12
  • Manitas: carrera 18L N.° 70B-50 sur
  • Calle 13: avenida Calle 13 N.° 37 – 35
  • Engativá: transversal 113B N.° 66 – 54