
En un hecho que ha generado sorpresa a nivel nacional, el exciclista Lucho Herrera, una de las glorias del deporte colombiano de los 80 y 90, fue vinculado por dos paramilitares en un caso de desaparición forzada de cuatro personas.
“El señor Lucho Herrera me ofrece algo de beber y me da dos sobres de manila, en uno de ellos venían las fotos de cuatro personas que teníamos que recoger, dijo que eran milicianos de la guerrilla que lo iban a secuestrar, y en el otro sobre había 40 millones y nos dice que si queremos para comprar unas pistolas y unas motocicletas. Esa gente colindaba con la finca de él”, declaró Luis Fernando Gómez, alias Ojitos.
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Debido a la acusación contra Herrera, una jueza pidió investigar al oriundo de Fusagasugá, en un caso que fue tomado por un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos.
Hasta el momento, se ha anunciado que se contempla la exploración y exhumación en los predios señalados por los paramilitares, que se llevarían a cabo entre el 21 y 26 de abril.

Por parte de Herrera, el exciclista compartió un comunicado de prensa en el que rechazó las acusaciones en su contra y aseguró que no tenía nada que ver con los crímenes cometidos por los paramilitares que lo señalaron.
“Jamás he pertenecido a organizaciones criminales ni he pretendido causar daño a persona alguna. Mi vida la he dedicado al deporte, y tras mi retiro del ciclismo profesional, a trabajar de forma honesta. Rechazo de manera enfática las imputaciones que pretenden enlodar mi nombre y mi trayectoria como ciudadano, trabajador y padre de familia”.
Abogado analizó el caso Lucho Herrera

En diálogo con Infobae Colombia, el profesor de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana, Nicolás Mayorga, habló sobre lo que se podría registrar después de la investigación contra el exciclista.
En primer lugar, el jurista explicó que se registrará durante la investigación y los posibles escenarios, incluyendo una posible imputación en contra del exdeportista, aclarando que en todo momento se debe tener en cuenta la presunción de inocencia.
“Inició la etapa de indagación preliminar, tal como lo contempla el artículo 200 del Código de Procedimiento Penal. En esta fase no se ha formulado imputación formal, pero la fiscalía puede realizar actos investigativos como entrevistas, inspecciones, recolección de pruebas y análisis forenses. Si con base en estas diligencias se identifican indicios serios de responsabilidad penal, la fiscalía podrá formular imputación ante un juez de control de garantías".
Recordando que los paramilitares afirmaron que Herrera entregó $40 millones de pesos por la desaparición de sus vecinos, el abogado explicó qué cargos debería afrontar el campeón de La Vuelta a España en caso de comprobarse su participación en los hechos mencionados.
“El delito que podría analizar la Fiscalía, de ser confirmada su participación, es el de la desaparición forzada, contemplado en el artículo 165 del Código Penal. Este delito se configura si se acredita que Herrera facilitó o instigó la privación de la libertad de las víctimas, seguida del ocultamiento de su paradero y la negativa a reconocer la privación. En esta etapa procesal, es el único delito que podría considerarse plausible con los elementos actuales”.

Mayorga recordó que el artículo 382 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) establece que son medios de conocimiento: “La prueba testimonial, la prueba pericial, la prueba documental, la prueba de inspección, los elementos materiales probatorios, evidencia física, o cualquier otro medio técnico o científico, que no viole el ordenamiento jurídico“.
Este punto fue mencionado por el jurista para aclarar que hasta el momento solo hay testimonios en contra de Herrera, pero que estos deben estar acompañados de material probatorio, que hasta la fecha no se ha expuesto.
“En el caso de Lucho Herrera, donde los señalamientos provienen de exparamilitares, se requiere que dichos testimonios estén acompañados de otros medios de prueba que los confirmen de manera objetiva”.
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