Simón Trinidad recibió amnistía de la JEP por rebelión y daño en bien ajeno, pero tendrá que seguir pagando su condena en EE. UU.

Aunque la medida judicial suspende órdenes de captura en Colombia, una condena en Estados Unidos mantiene detenido al exlíder guerrillero desde 2004

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Simón Trinidad, excomandante de las
Simón Trinidad, excomandante de las Farc-EP, recibió amnistía de la JEP en 20 procesos judiciales abiertos - crédito AFP

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) otorgó una nueva amnistía a Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, conocido como Simón Trinidad, excomandante del bloque Caribe de las extintas Farc-EP.

Según informó la JEP, esta decisión abarca veinte procesos judiciales relacionados con los delitos de rebelión y daño en bien ajeno, los cuales se encuentran en curso en la justicia ordinaria.

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La medida se fundamenta en las disposiciones del Acuerdo Final de Paz firmado en 2016 y en las leyes que regulan la justicia transicional en Colombia.

De acuerdo con la JEP, los delitos de rebelión y daño en bien ajeno son considerados conductas susceptibles de amnistía de iure, al tratarse de crímenes políticos o conexos a estos.

La JEP explicó que delitos
La JEP explicó que delitos conexos con crímenes políticos califican para amnistías de iure según la Ley 1820 de 2016 - crédito @JEP_Colombia/X

Esta interpretación se basa en la Ley 1820 de 2016 y en la Ley Estatutaria de la JEP, que establecen los parámetros para la aplicación de amnistías en el marco del proceso de paz. La Sala de Amnistía e Indulto de la JEP fue la encargada de analizar los casos y emitir la decisión.

La JEP detalló que, de los veinte procesos revisados, dos corresponden a condenas previas impuestas por la justicia ordinaria.

En 2004, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Valledupar sentenció a Simón Trinidad a 35 años de prisión por su responsabilidad como determinador en un caso de secuestro extorsivo agravado y como autor del delito de rebelión.

En otro proceso, el mismo tribunal lo condenó a seis años y medio de prisión por rebelión. Estas sentencias forman parte de los casos cubiertos por la amnistía otorgada.

Además, la Sala de Amnistía analizó otros 15 procesos en los que Palmera Pineda estaba vinculado debido a su posición como figura destacada dentro de las Farc-EP. Sin embargo, según explicó la JEP, en estos casos no se logró demostrar su culpabilidad o participación directa en los hechos investigados.

La Fiscalía no presentó pruebas suficientes que acreditaran que Simón Trinidad tuviera capacidad de mando para ordenar la comisión de los delitos imputados.

Aunque la amnistía implica la suspensión de las órdenes de captura relacionadas con los procesos mencionados, esta medida no afecta la situación actual de Simón Trinidad, que se encuentra extraditado en los Estados Unidos.

La JEP explicó que delitos
La JEP explicó que delitos conexos con crímenes políticos califican para amnistías de iure según la Ley 1820 de 2016 - crédito Europa Press

Desde 2004, el excomandante guerrillero cumple una condena en ese país por el secuestro de tres ciudadanos estadounidenses. Su captura se produjo el 2 de enero de 2004 en Quito, Ecuador, y posteriormente fue entregado a las autoridades estadounidenses.

La JEP aclaró que, debido a su extradición, no es posible otorgarle la libertad a Simón Trinidad. No obstante, para que las amnistías sean efectivas, el compareciente deberá firmar un acta de compromiso de dejación de armas, conforme a lo estipulado en el artículo 7 del Decreto Ley 277 de 2017.

La Secretaría Ejecutiva de la JEP deberá coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores los trámites necesarios para garantizar que este requisito sea cumplido.

La decisión de la JEP se da en medio de los compromisos adquiridos por el Estado colombiano en el Acuerdo Final de Paz, que busca garantizar la reincorporación de los excombatientes de las Farc-EP a la vida civil y política.

Según lo establecido en dicho acuerdo, las amnistías y los indultos son herramientas clave para cerrar los capítulos judiciales relacionados con delitos políticos y conexos, siempre que no se trate de crímenes de lesa humanidad, genocidio o graves violaciones a los derechos humanos.

En este contexto, la JEP asumió la tarea de revisar los casos de los exintegrantes de las Farc-EP para determinar su elegibilidad para beneficios judiciales. La Sala de Amnistía e Indulto es la encargada de evaluar cada caso, considerando las pruebas disponibles y el cumplimiento de los requisitos legales establecidos.

La medida no resuelve la
La medida no resuelve la extradición de Simón Trinidad, detenido en EE.UU. desde 2004 por secuestro de estadounidenses - crédito Partido Comunista Colombiano

Simón Trinidad, que fue una figura prominente dentro del bloque Caribe de las Farc-EP, es recordado por su papel en la estructura de mando de la organización guerrillera. Su captura y posterior extradición a los Estados Unidos marcaron un punto de inflexión en su trayectoria, alejándolo de las negociaciones de paz que se llevaron a cabo años después.

A pesar de su ausencia física, su nombre ha seguido siendo mencionado en el contexto del proceso de justicia transicional y reconciliación en Colombia.

Con esta nueva amnistía, la JEP reafirma su compromiso con la implementación del Acuerdo de Paz y con la búsqueda de soluciones jurídicas que permitan avanzar hacia la construcción de una paz estable y duradera en el país.