
Con una carta enviada al presidente de la República, Gustavo Petro; y los ministros de Trabajo, Antonio Sanguino, y del Interior, Armando Benedetti, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC) y la Confederación General del Trabajo (CGT) revelaron el jueves 17 de abril de 2025 la propuesta de cuestionario para la consulta popular que pretende “revivir” la reforma laboral.
Las tres principales centrales obreras de Colombia dieron a conocer un documento que tiene como objetivos abordar la precariedad laboral, promover la contratación directa, y eliminar las formas de discriminación estructural en el ámbito laboral. Luego de que el articulado impulsado por el Ejecutivo se hundiera en su tercer debate, efectuado en la Comisión Séptima del Senado, por un bloque de ocho congresistas opositores.
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En un comunicado firmado por sus representantes, Fabio Arias de la CUT, John Jairo Caicedo de la CTC y Percy Oyola de la CGT, se señaló que la propuesta está sujeta al compromiso del movimiento sindical por mejorar las condiciones laborales y garantizar derechos básicos que se han visto deteriorados, especialmente tras la promulgación de la Ley 789 de 2002; promulgada en el gobierno de Álvaro Uribe Vélez.
El cuestionario, según explicaro, aborda temas claves como la formalización del empleo, la prohibición de la tercerización de actividades fundamentales y la fortalecimiento de la negociación colectiva. Y, del mismo modo, plantea la presunción de discriminación en casos donde los trabajadores sean despedidos por factores como raza, género, orientación sexual, entre otros; en uno de los puntos que causa mayor controversia.
“Esta propuesta ha sido elaborada con estricto apego a los requisitos legales y jurisprudenciales establecidos por la Corte Constitucional para las consultas populares, en cuanto a claridad y lealtad, objetividad, pertinencia e interés general. También responde a los contenidos vertebrales de la propuesta original de reforma laboral”, se precisó en el documento.

Este hilo de preguntas, según sus exponentes, se apoya en la normativa internacional, en particular en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y busca que en Colombia cumpla con las mejores prácticas laborales globales. Y responden, según agregaron, a las demandas históricas del movimiento sindical en Colombia, que busca recuperar derechos laborales que han sido vulnerados.
Las preguntas que las centrales obreras propusieron al Gobierno
- Recargo nocturno desde las 6:00 p. m.: ¿Está de acuerdo con que se pague el recargo nocturno desde las 6:00 p. m.?
- Recargo del 100% por trabajo en domingos y festivos: ¿Está de acuerdo con que el trabajo realizado en domingos y días festivos sea remunerado con el doble del salario de un día ordinario?
- Indemnización por despido injusto: ¿Está de acuerdo con que, cuando una persona con contrato laboral a término indefinido sea despedida sin justa causa, reciba una indemnización de 45 días de salario para el primer año trabajado, y 45 días más por cada año adicional o fracción?
- Reconocimiento del contrato de aprendizaje como contrato laboral: ¿Está de acuerdo con que el contrato de aprendizaje sea reconocido como un contrato de trabajo y, por tanto, las y los aprendices tengan derecho a todas las garantías laborales establecidas por la ley, incluyendo salario mínimo, prestaciones sociales, seguridad social y derechos colectivos?
- Contrato a término indefinido como regla general: ¿Está usted de acuerdo con que, en el sector privado y para los trabajadores oficiales, el contrato a término indefinido sea la regla general de la contratación laboral, y que los demás contratos solo puedan celebrarse para atender necesidades temporales, hasta por un máximo de dos años, convirtiéndose en indefinidos si la labor continúa?
- Prohibición de la tercerización de actividades del giro principal: ¿Está de acuerdo con que se prohíba a las empresas subcontratar, tercerizar o delegar las actividades que hacen parte de su objeto social o de su actividad económica principal o son permanentes, y que estas deban ser realizadas por personas contratadas directamente por la empresa?

- Reconocimiento de la relación laboral en el uso indebido de empresas de servicios temporales: ¿Está de acuerdo con que se prohíba el uso de empresas de servicios temporales para atender necesidades permanentes, y que, de llegar a ocurrir esta u otra forma de intermediación laboral ilegal, se reconozca la relación laboral directa con la empresa beneficiaria, con los mismos derechos de los demás trabajadores y continuidad en el empleo si hubo despido?
- Protección contra la discriminación laboral: ¿Está usted de acuerdo con que, cuando una persona sea despedida o sufra una afectación en su empleo por razones de raza, sexo, género, orientación sexual, religión, origen étnico, estado de salud, discapacidad, actividad sindical, situación migratoria, edad, estado civil, clase social u otra característica personal o social, se presuma que hubo discriminación, salvo prueba en contrario, y se garantice el restablecimiento de sus derechos?
- Negociación colectiva exclusiva con sindicatos legalmente constituidos: ¿Está usted de acuerdo con que la negociación colectiva de condiciones de trabajo y empleo se realice únicamente con organizaciones sindicales legalmente constituidas, en las empresas o sectores donde existan?
- Reconocimiento de la relación laboral en contratos de prestación de servicios: ¿Está de acuerdo con que, cuando una persona sea contratada mediante contratos de prestación de servicios u otras formas no laborales para realizar labores subordinadas y/o funciones públicas permanentes, se reconozca su relación laboral, con todos sus derechos, y que, si es despedida, tenga derecho a volver a su empleo sin interrupción o recibir una indemnización cuando no pueda continuar?
- Creación de un contrato agropecuario: ¿Está de acuerdo con la creación de un contrato laboral especial para las actividades agropecuarias no industriales, que garantice el pago de un jornal agropecuario no inferior al salario mínimo diario legal vigente, incluyendo todas las prestaciones sociales, y que no implique la contratación por horas?
- Incremento anual de la mesada pensional: ¿Está de acuerdo con que los incrementos de las mesadas pensionales se hagan cada año conforme al aumento del salario mínimo?
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