Consejo de Estado niega suspensión de resolución sobre la UPC en Colombia

El alto tribunal rechazó detener la norma que fija el valor por afiliado al sistema de salud para 2025 en el país

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Consejo de Estado rechaza la
Consejo de Estado rechaza la suspensión de la resolución del Ministerio de Salud sobre la UPC para 2025 - crédito Colprensa

El Consejo de Estado rechazó una solicitud de medidas cautelares que buscaba suspender la resolución que establece el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para el sistema de salud en Colombia en 2025. Según informó el alto tribunal, la decisión se fundamenta en que la Corte Constitucional ya había ordenado la creación de una mesa de trabajo para revisar y reajustar este valor, lo que limita la posibilidad de intervenir en este momento.

La resolución en cuestión, identificada como la 2717 del 30 de diciembre de 2024, fue expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social y fija el monto de la UPC, que es el valor que se paga por cada afiliado al sistema de salud en los regímenes subsidiado y contributivo. La demanda contra esta resolución fue presentada por la representante a la Cámara Katherine Miranda, que argumentó que el cálculo del valor no cumplió con las normas constitucionales, legales y reglamentarias, ni se basó en un análisis técnico adecuado que reflejara las necesidades reales del sistema de seguridad social en salud.

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El fallo del Consejo de Estado, emitido por la Sección Cuarta, señala que no se puede decretar la suspensión provisional de la resolución debido a que la Corte Constitucional, en su sentencia T-760 de 2008 y en autos de seguimiento posteriores, ya había ordenado la creación de un espacio de discusión para ajustar la UPC. En este sentido, el tribunal explicó que la inconformidad de la parte demandante se centra en que el ajuste de la UPC para 2025 debería haber sido del 15,07%, tomando como referencia los valores establecidos para 2024.

La decisión judicial prioriza la
La decisión judicial prioriza la revisión técnica en una mesa ordenada por la Corte Constitucional - crédito 123RF

El Consejo de Estado indicó que, al existir una orden previa de la Corte Constitucional para revisar la resolución mediante una mesa de trabajo, no es posible intervenir en este momento. En palabras del fallo: “Para efectos de establecer los lineamientos o criterios a partir de los cuales se podrán realizar los ajustes ex post, este despacho se atiene a lo resuelto en dicha providencia y, en esa medida, no hay lugar a decretar la suspensión provisional de urgencia solicitada por la parte actora”.

De acuerdo con lo informado, la Corte Constitucional había ordenado en marzo de 2023 la realización de pruebas para verificar si el ministro de Salud, Guillermo Jaramillo, estaba cumpliendo con la creación de la mesa de trabajo para el reajuste de la UPC. Esta medida se tomó luego de que diversos actores del sector salud alertaran sobre posibles inconsistencias en el proceso, las cuales podrían afectar el cumplimiento de lo ordenado por el alto tribunal.

El ajuste de 15,07 %
El ajuste de 15,07 % para 2025, propuesto por Miranda, contrasta con el valor oficial fijado - crédito iStock

La sentencia T-760 de 2008, citada como referencia en este caso, es un fallo emblemático de la Corte Constitucional que establece lineamientos para garantizar el derecho a la salud en Colombia. En este contexto, la creación de la mesa de trabajo busca asegurar que el cálculo de la UPC sea acorde con las necesidades del sistema y que se respeten los principios de equidad y sostenibilidad financiera.

La controversia sobre el ajuste de la UPC

La Unidad de Pago por Capitación es un componente clave del sistema de salud colombiano, ya que determina los recursos que se asignan por cada afiliado para cubrir servicios y tecnologías en salud. La representante Katherine Miranda, que interpuso la demanda, argumentó que el valor fijado para 2025 no refleja adecuadamente las necesidades del sistema ni respeta las disposiciones legales y técnicas que deben guiar este proceso.

El fallo subraya la importancia
El fallo subraya la importancia de coordinar las ramas del poder público en temas de salud - crédito iStock

Según la congresista, el ajuste del 15,07% que ella considera adecuado se basa en los valores establecidos para 2024, pero la resolución del Ministerio de Salud no habría seguido este criterio. Además, Miranda señaló que la resolución no tuvo en cuenta el conocimiento técnico necesario para garantizar que el cálculo de la UPC sea coherente con la realidad del sistema de seguridad social en salud.

La negativa del Consejo de Estado a suspender la resolución tiene implicaciones importantes para el sistema de salud en Colombia. Por un lado, permite que el valor de la UPC fijado por el Ministerio de Salud siga vigente mientras se desarrolla la mesa de trabajo ordenada por la Corte Constitucional. Por otro lado, deja en suspenso las preocupaciones planteadas por la representante Miranda y otros actores del sector, quienes consideran que el cálculo actual podría no ser suficiente para garantizar la sostenibilidad del sistema.

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