El Icbf respondió al Ministerio de Salud sobre la patria potestad en medio de la alerta por fiebre amarilla: esto dijo

El organismo encargado de velar por los derechos de la infancia emitió un llamado enfocado en la prevención, recomendando la aplicación de la vacuna como medida para evitar el contagio de esta enfermedad, la cual es transmitida por mosquitos

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El Icbf respondió al Ministerio
El Icbf respondió al Ministerio de Salud tras las declaraciones del ministro Jaramillo, que afirmó que “la patria potestad de todos los menores de 18 años está a nombre del Estado” - crédito Andrea Puentes/Presidencia - Icbf/Facebook

Ante la alerta epidemiológica declarada por el aumento de casos de fiebre amarilla en Colombia, se generó una controversia nacional a raíz de unas declaraciones del ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, respecto a la autoridad del Estado para decidir sobre la vacunación de menores de edad sin el consentimiento de sus padres o acudientes. En respuesta, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) se pronunció para aclarar su postura institucional y precisar el marco legal que regula la patria potestad en el país.

El Ministerio de Salud mostró preocupación por la baja cobertura de vacunación en algunos departamentos, especialmente en regiones como Tolima, Caquetá, Meta y Putumayo. La cartera indicó que, hasta el primer trimestre de 2025, se registraron 20 muertes por fiebre amarilla, y un total de 47 personas fueron diagnosticadas con la enfermedad.

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Frente a esta situación, el ministro Jaramillo afirmó: “La patria potestad de todos los menores de 18 años está a nombre del Estado. Si hay alguna negación por parte de algún padre o madre para vacunar al niño, intercederá el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Se ha intercedido en casos de este tipo porque, ningún padre se puede negar a que sus hijos sean vacunados”.

47 personas infectadas y 20
47 personas infectadas y 20 muertes se han registrado por la fiebre amarilla, de acuerdo con el reporte del Ministerio de Salud - crédito Imagen ilustrativa Infobae

Estas declaraciones generaron cuestionamientos sobre la legalidad de tal afirmación, dado que la patria potestad en Colombia está regulada por el Código Civil. Según la Ley 57 de 1887, esta figura corresponde al conjunto de derechos y deberes que los padres tienen sobre sus hijos menores de edad. La ley establece que solo por decisión judicial, y bajo circunstancias específicas como demencia, incapacidad manifiesta o ausencia prolongada, puede ser suspendida la patria potestad.

Por esta controversia, el Icbf aclaró que el Estado no detenta la patria potestad de los menores de edad. La directora del instituto, Astrid Cáceres, explicó que el rol de la entidad es intervenir únicamente en los casos en los que se identifiquen situaciones que vulneren los derechos de los niños, niñas y adolescentes, pero no sustituir legalmente a los padres o acudientes en el ejercicio de sus funciones.

Cáceres indicó que inmunizar a niños, niñas y adolescentes en el país implica una labor coordinada entre los padres y el Estado, al destacar que cualquier decisión relacionada con la salud de los menores debe ser acordada con sus acudientes, respetando siempre sus derechos fundamentales.

Astrid Cáceres, directora del Icbf, declaró que la vacunación infantil requiere del trabajo conjunto entre padres y madres de familia y del Estado - crédito @ICBFColombia/X

En este sentido, el instituto reiteró su función como ente garante de derechos, pero no como autoridad que pueda suplantar la patria potestad. Asimismo, indicó que las acciones del Icbf están dirigidas a proteger el bienestar de los menores, especialmente en situaciones donde sus derechos fundamentales, como el acceso a la salud, se vean comprometidos por decisiones de sus padres o cuidadores. No obstante, estas intervenciones deben darse conforme a los procedimientos legales establecidos, y en coordinación con las autoridades judiciales competentes.

A raíz de la controversia, el Ministerio de Salud aclaró que las declaraciones del ministro Jaramillo fueron malinterpretadas. La cartera explicó que el propósito de sus palabras era subrayar la importancia de priorizar la vida y la salud de los menores ante cualquier situación de riesgo, sin que esto implicara una afirmación legal sobre la patria potestad.

“Se hace un llamado a los padres de familia para que respalden las decisiones que los menores adopten respecto a su salud, incluso si dichas decisiones son contrarias a sus creencias, cultura o religión, priorizando de esta manera la salud y la vida de los niños, niñas y adolescentes”, expresó el Ministerio en un comunicado oficial.

Ministerio de Salud busca una
Ministerio de Salud busca una cobertura de vacunación superior al 95% en zonas afectadas como Tolima, Caquetá, Meta y Putumayo por fiebre amarilla - crédito Shutterstock

El mismo ministerio recordó que el Decreto 309 de 2025 establece que se debe respetar la autonomía progresiva de los menores de edad, en especial en temas de salud, siempre que se constate que poseen la capacidad de comprender los riesgos y beneficios de los procedimientos médicos, como la vacunación. En esta línea, la entidad instó a los padres a no impedir el acceso de sus hijos a la inmunización, particularmente en contextos de emergencia sanitaria, como el actual brote de fiebre amarilla.