Revelan antecedentes penales de mujer que logró tumbar transmisión del Consejo de ministros en canales privados: fue condenada

El director del DPS, Gustavo Bolívar, compartió noticias de 2014 que indican que la ciudadana María Cristina Cuéllar Cárdenas fue sentenciada a nueve años de prisión por el delito de fraude procesal, por haber alterado los estados financieros de una empresa

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El director del DPS reveló
El director del DPS reveló que María Cristina Cuéllar Cárdenas fue hallada culpable del delito de fraude procesal. La abogada intentó llegar a casación tras la condena proferida en su contra - Ministerio de Minas y Colprensa

Por decisión del Consejo de Estado, el Gobierno nacional tendrá que abstenerse de transmitir los consejos de ministros a través de canales privados de televisión, en el canal Uno y en los canales locales, regionales y comunitarios. Esto, como resultado del estudio de una tutela que presentó una ciudadana identificada como María Cristina Cuéllar Cárdenas.

De acuerdo con el fallo del máximo juez de la administración pública, la mujer, que ejerce como abogada ocasionalmente, se quejó porque, en por lo menos dos oportunidades, no pudo acceder a contenidos de su interés, debido a que el Consejo de ministros del Gobierno del presidente Gustavo Petro interrumpió otras programaciones de manera “intempestiva”.

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“La parte actora alegó que la autoridad accionada vulneró su derecho fundamental a la información porque con la transmisión de los consejos de ministros a través de medios radiales y televisivos, tanto públicos como privados, se restringía de manera desproporcionada la posibilidad de elegir libremente los temas que eran de su interés”, indicó el Consejo de Estado en el documento.

El Consejo de Estado amparó
El Consejo de Estado amparó el derecho a la información de la ciudadana demandante, que se quejó de la transmisión de los consejos de ministros - crédito Juan Diego Cano/Presidencia

Tras evaluar los argumentos de la demandante, el juez de la administración pública dio la razón a la ciudadana, amparando su derecho a la información, que fue vulnerado por la transmisión de las reuniones del gabinete ministerial, las cuales suelen tardar varias horas. En ese sentido, ordenó al presidente de la República, a la Presidencia de la República (Dapre) y a la CRC dejar de mostrar los consejos de ministros a través de los canales privados de televisión, del canal Uno y de los canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta.

Los antecedentes penales de la demandante

La decisión del Consejo de Estado no gustó a los funcionarios del Gobierno. El director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), Gustavo Bolívar, se pronunció al respecto, asegurando que la limitación en las transmisiones obedece a que la información revelada en los encuentros del gabinete han generado incomodidad. “Obvio les debe molestar mucho que se sigan destapando ollas podridas desde el gobierno. #CensurarNoEsPluralidad”, precisó en X.

El director del DPS, Gustavo
El director del DPS, Gustavo Bolívar, reveló condena de María Cristina Cuellar Cárdenas, mujer que interpuso tutela contra la Presidencia - crédito @GustavoBolivar/X

Además, reveló antecedentes penales que tuvo la demandante María Cristina Cuellar Cárdenas, junto con su esposo, Arnaldo Tascón. De acuerdo con noticias compartidas por el funcionario, publicadas en 2014, estas personas, que fundían como asesores jurídico y contable de la compañía Molinos del Cauca, fueron condenados a nueve años de cárcel luego de que el Juzgado 28 Penal del Circuito de Bogotá los declarara culpables del delito de fraude procesal, en calidad de coautores.

El contrato de arrendamiento incluye
El contrato de arrendamiento incluye una serie de condiciones, derechos y obligaciones de los caseros y los inquilinos (Pixabay)

Para entonces, los exasesores fueron señalados de haber alterado los estados financieros de la empresa para mostrar liquidez ante la Superintendencia de Sociedades. “María Cristina Cuellar Cárdenas y Arnaldo Tascón Saavedra, quienes fueran asesores jurídico y contable de la empresa presentaron ante la Superintendencia de Sociedades el 30 de junio de 2005, estados financieros falsos logrando con ello que esta entidad los acogiera a la promoción y acuerdos de reestructuración en los términos y finalidades de la Ley 550 de 1999 (Reestructuración de Pasivos), a sabiendas de que ya se encontraban en causal de liquidación”, detalló la Fiscalía General de la Nación en un boletín informativo emitido el 27 de mayo de 2014.

Por este caso también fueron imputados Luis Germán Osorno Calero, exrepresentante legal de Molinos del Cauca S.A.; Rodrigo de Jesús Palacio García, ex revisor fiscal titular; Yolanda de Jesús Vanegas Oquendo, ex revisora fiscal suplente; y Clara Isabel Rodríguez Diez, excontadora.

Los exasesores alteraron los estados
Los exasesores alteraron los estados financieros de la empresa para mostrar liquidez ante la Superintendencia de Sociedades - crédito Luisa González/Reuters

Cuellar Cárdenas y Tascón Saavedra apelaron la sentencia, proferida finalmente el 30 de abril de 2015 por el Juzgado 28 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá. Posteriormente, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la decisión de primera instancia. Los exasesores volvieron a rechazar el fallo de segunda instancia, recurriendo a una demanda de casación, pero la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia no admitió el recurso. Ante su decisión procedía el mecanismo de insistencia.