
El fallo del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, que otorgó libertad condicional al empresario Emilio Tapia, provocó una intensa polémica en el país, especialmente tras las declaraciones de la periodista Vicky Dávila. El convicto abogado, conocido por su papel central en el escándalo de Centros Poblados, obtuvo el beneficio judicial luego de cumplir parte de la pena impuesta en su contra por delitos relacionados con corrupción administrativa y peculado.
Según el auto emitido por el juzgado, Emilio Tapia descontó 48 meses y 10 días de su condena, lo que le permite cumplir con las tres quintas partes de la pena, uno de los requisitos objetivos que establece la legislación para acceder a la libertad condicional.
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El documento oficial, la que tuvo acceso la cadena radial La W señala: “Dicho Subrogado de la Libertad Condicional, se le concede por un período de prueba de 27 MESES Y 20 DÍAS, que es el tiempo que le falta para cumplir la totalidad de la pena de prisión que le fue impuesta”.

Tapia deberá también cumplir con una caución prendaria equivalente al 50 % de un salario mínimo, y su libertad solo podrá materializarse si no se encuentra requerido por otra autoridad judicial. De existir una solicitud en su contra, deberá permanecer bajo custodia o ser entregado al organismo correspondiente. La orden de libertad fue dirigida al centro penitenciario El Bosque de Barranquilla, donde el empresario se encuentra actualmente recluido.
Pese al cumplimiento de los requisitos procesales establecidos por el despacho, la decisión no fue bien recibida por la Procuraduría General de la Nación, entidad que apeló el fallo y pidió su revocatoria. Según el Ministerio Público, Tapia no cumplía con las condiciones para recibir ese beneficio, debido a que se encontraba involucrado en actos punibles durante su tiempo de reclusión.
La Procuraduría argumentó que “el condenado EMILIO JOSÉ TAPIA ALDANA, incurrió en la prohibición establecida en el inciso segundo del artículo 150 de la Ley 65 de 1993 o Código Penitenciario y Carcelario. Incumplimiento que lo hace indigno del beneficio concedido”.

El empresario fue condenado por múltiples delitos: falsedad en documento privado en concurso homogéneo y sucesivo, fraude procesal, y peculado por apropiación agravado. Estos delitos fueron cometidos en calidad de coautor impropio e interviniente, lo que incrementó la gravedad de la sentencia. La pena impuesta fue de 76 meses de prisión, además de una multa superior a los $4.700 millones de pesos.
Por lo que la reacción de Vicky Dávila, periodista y figura pública que ha sido crítica de los hechos de corrupción en el país, no se hizo esperar. A través de su cuenta oficial en la red social X, la precandidata presidencial expresó un fuerte rechazo frente a la decisión judicial.
En su mensaje, Dávila señaló: “Este es un país tan saqueado por los politiqueros y mafias de contratistas corruptos y ladrones que los colombianos lo único que quieren es que los que se roban su plata como Emilio Tapia no vuelvan a salir de la cárcel, que no tengan sitios de reclusión especiales y que no tengan rebajas”.

La periodista también cuestionó la efectividad del sistema judicial y la permisividad frente a quienes han incurrido en delitos contra los recursos públicos. “Mientras la justicia no sea implacable con estos bandidos se van a seguir burlando de los ciudadanos. Y lo peor, van a seguir robando, porque encontraron en ser corruptos un negocio insuperable”, escribió Dávila, sumándose así a la indignación de varios sectores ciudadanos que criticaron históricamente los beneficios penales otorgados a personas condenadas por corrupción.
Este caso vuelve a poner en el centro del debate nacional el tema de los beneficios judiciales otorgados a condenados por delitos contra la administración pública. En especial, reaviva las discusiones sobre la proporcionalidad de las penas y la efectividad de las medidas de resocialización frente al daño causado por estos delitos, tanto en términos económicos como institucionales.
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