
El Tribunal Superior del Distrito de Justicia de Bogotá emitió un comunicado de prensa en el que confirma que, en todos los casos de maternidad subrogada, el nombre de la mujer que tuvo en su vientre al bebé debe incluirse en el registro civil del menor, sentando precedente en la protección de los derechos de los niños y de las madres gestantes.
En el comunicado se asegura que la Sala Civil dio la orden de que esta práctica se comenzara a ejecutar luego de la ponencia del magistrado Marco Antonio Gómez, que señalaba que este tipo de prácticas sean remuneradas o no corresponden a una forma de explotación y mercantilización del cuerpo de la mujer.
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El tribunal puso como ejemplo uno de los casos en los que se denunció la negativa de incluir en el documento de registro de nacido vivo el nombre de la mujer gestante.
Este caso abordó la situación de una pareja francesa que llegó a Colombia a buscar un vientre en que se pudiera gestar a su bebé y convertirse en padres, pero en el momento de proceder con el registro ante un notario, solo apareció el nombre del padre y fue excluido el de la mujer que tuvo al pequeño en su vientre, tal como lo señaló Caracol Radio.

“El caso se originó cuando T.J.L.R. presentó una acción de tutela en representación de su hija, M.A.S.R., contra la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Ministerio de Relaciones Exteriores. La niña, nacida mediante un contrato de gestación subrogada, se encontraba en situación de apatridia debido a la invalidez del registro civil de nacimiento, que no incluía a la madre gestante”, reza en el comunicado.
El togado asignado al caso, como primera medida, no tuvo en cuenta las razones adjuntadas a la medida de amparo y negó la solicitud. No obstante, la parte demandante impugnó la decisión, señalando que la solicitud sugerida por la Registraduría General de la Nación no suplía sus peticiones.

En vista de la citación, el Tribunal Superior de Bogotá “analizó los derechos fundamentales de la niña, incluyendo su derecho a la personalidad jurídica, nacionalidad, identidad y filiación. Además, cuestionó la validez del contrato de gestación subrogada y destacó la vulnerabilidad de la madre gestante, subrayando la necesidad de proteger los derechos de ambas partes involucradas”.
Por lo anterior, fue revocada la sentencia de ese tribunal y se solicitó a la Registraduría incluir el nombre de la madre gestante dentro de los documentos oficiales de la menor: “Una medida que busca garantizar la identidad y nacionalidad de la niña, así como reconocer la importancia de la madre gestante en el proceso de gestación subrogada”, puntualizó el Tribunal.

Puntos a considerar en la celebración de dicho contrato de esta madre subrogada
El Tribunal apunta a verificar con suma rigurosidad este documento para confirmar que esté estructurado con todas las normativas exigidas por la ley.
- Validez del contrato: en este tipo de acuerdos en los que una de las partes recibirá remuneración económica, se revisa que el documento esté regido por las leyes del país.
- Vulnerabilidad de la madre gestante: en este punto se debe asegurar que los derechos y el bienestar de la madre estén protegidos, teniendo en cuenta que es una persona en condición de vulnerabilidad.
- Protección de derechos: en este caso, se busca la protección de derechos como la nacionalidad e identidad del menor, así como los de la madre.
- Cláusulas del contrato: se identificó que varios de los puntos del documento estaban violando las normativas de orden público y los derechos fundamentales del bebé y la madre gestante.
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