
En una intervención crucial ante la Corte Constitucional, la Defensoría del Pueblo defendió el Decreto 062 de 2025, que establece el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, Norte de Santander, y algunos municipios aledaños.
La entidad defensora de los derechos humanos reconoció la magnitud de la crisis humanitaria y de orden público que aqueja esta zona del país, pero a su vez solicitó medidas rigurosas para su implementación.
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El Decreto 062, que declaró el estado de conmoción interior, fue expedido como respuesta a la grave perturbación del orden público en el Catatumbo, zona en la que se ha intensificado la violencia producto de los enfrentamientos entre grupos armados ilegales, como el ELN y las disidencias de las Farc, y una serie de otros factores estructurales que incluyen el narcotráfico y el desbordamiento de la crisis humanitaria.
La Defensoría expresó su apoyo al decreto, argumentando que cumplía con los requisitos formales establecidos por la Constitución. Sin embargo, también hizo un llamado enfático a que la Corte Constitucional evaluara de manera exhaustiva las medidas adoptadas en el marco del decreto, en particular, aquellas que afectan los derechos fundamentales de las comunidades más vulnerables. “La conmoción interior es una medida excepcional, y como tal, solo debe ser empleada cuando las herramientas ordinarias del Estado han demostrado ser insuficientes”, sostuvo la entidad en su intervención.
Control sobre la necesidad y proporcionalidad de las medidas

La Defensoría destacó que, aunque la declaración de conmoción interior puede ser considerada válida bajo las circunstancias actuales, es imprescindible que el Estado demuestre que las medidas extraordinarias son la única opción viable para contener la crisis. La entidad instó a la Corte Constitucional a ejercer un control estricto sobre la necesidad de las medidas adoptadas.
“Es fundamental que la Corte evalúe la proporcionalidad de las medidas para garantizar que no se generen restricciones desproporcionadas de derechos fundamentales, como ocurrió en situaciones previas donde el abuso de los estados de excepción resultó en violaciones de derechos humanos”, enfatizó la Defensoría.
Convocatoria a audiencia pública

Ante la gravedad de la situación, la Defensoría solicitó a la Corte Constitucional que convocara una audiencia pública en el territorio afectado para que las comunidades pudieran expresar sus preocupaciones y puntos de vista sobre la medida. Esta solicitud surge de la necesidad de que las voces de los habitantes del Catatumbo, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad, sean tenidas en cuenta en este proceso decisional.
El Catatumbo ha sido escenario de una violencia sin precedentes, especialmente desde el 16 de enero de 2025, cuando se registraron masacres y una escalada de enfrentamientos entre los grupos armados y las fuerzas del Estado.
Las comunidades han sido desplazadas masivamente, y muchas otras se encuentran confinadas en sus hogares, mientras las amenazas y violaciones a los derechos humanos continúan. La Defensoría ha estado acompañando a las víctimas y realizando acciones para garantizar la protección de la población civil.

Si bien el Decreto 062 de 2025 hace énfasis en la intervención militar como respuesta primaria ante la crisis, la Defensoría ha sido clara en que la solución debe ser integral. “No basta con medidas de seguridad, sino que se requiere una respuesta estatal que abarque la protección efectiva de la población civil, el acceso a la asistencia humanitaria, la garantía de derechos fundamentales como la educación y la salud, y la implementación de políticas para la paz y la reincorporación de excombatientes”, señaló la Defensoría.
La entidad también hizo hincapié en que el Estado debe garantizar que las medidas de protección sean adecuadas para las comunidades más vulnerables, como los pueblos indígenas Barí y Yukpa, quienes han sufrido directamente las consecuencias de la violencia y los desplazamientos forzados.
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