CUT recusó al presidente de la Corte Constitucional, Jorge Ibáñez, por declaraciones sobre el tema pensiones: este es el motivo

La Central Unitaria de Trabajadores tomó acciones legales contra el titular del alto tribunal, que en medios de comunicación radiales habría emitido críticas contra la ley que fue aprobada por el Congreso, pero que tendrá que someterse a revisión de legalidad

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El magistrado Jorge Enrique Ibáñez
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar emitió opiniones en los medios sobre la reforma pensional, motivo por el que la CUT lo recusó ante la Corte - crédito Carlos Ortega/EFE

Con una carta a la Sala Plena de la Corte Constitucional, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) recusó el miércoles 5 de marzo al presidente del alto tribunal, Jorge Ibáñez, por las declaraciones que el magistrado, titular del organismo de justicia encargado de estudiar la legalidad de la ley de pensiones aprobada por el Congreso de la República y promulgada por el presidente Gustavo Petro, emitió en los medios de comunicación radiales, en la que se refirió al tema que, justamente, tiene el deber de analizar.

“Le puedo asegurar que mientras viva no voy a solicitar una pensión. Porque la pensión es un derecho, que se reconozca a quien ha prestado sus servicios, un emolumento, un concepto económico para que pueda dedicarse a descansar. (...) Mientras viva no voy a pensionarme, uno puede renunciar a los derechos. No me voy a pensionar” dijo el presidente de la Corte Constitucional, expresó Ibáñez el lunes 3 de marzo en diálogo con W Radio, en el que emitió opiniones que, a juicio de la CUT, debería declararse impedido para discutir la ley aprobada en el legislativo.

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El presidente Gustavo Petro promulgó
El presidente Gustavo Petro promulgó la ley de pensiones en septiembre de 2024, la cal empezará a regir el 1 de julio de 2025 - crédito Mauricio Dueñas Castañeda/EFE

“Se expresa directamente sobre los subsidios. Al decir ‘me propuse desde que estaba pequeño que jamás le pediría un subsidio al Estado y jamás le pediría ninguna bonificación de ninguna naturaleza, inclusive la pensión’. Esta expresión tiene elementos a considerar, primero se refiere a una consideración personal, a un concepto íntimo sobre los subsidios pensionales, en el marco de una conversación sobre la reforma pensional”, se leyó en el documento presentado ante el alto tribunal, con el que se busca apartar de la discusión al presidente de este.

Los argumentos de la CUT para recusar al magistrado Jorge Ibáñez

En el documento, la mesa directiva de la central unitaria expuso que Ibáñez, en la entrevista, permitió conocer una referencia de lo que sería su postura con respecto a los subsidios pensionales, al destacar su desacuerdo con los mismos. De hecho, en esta entrevista, el togado afirmó que desde los 9 años ha trabajado y nunca ha intentado acceder a subsidios o becas. Según sus declaraciones, siempre financió sus propios estudios y, desde joven, tomó la decisión de no solicitar ningún tipo de subsidio, bonificación o pensión del Estado; lo que al parecer de la CUT sería un evidente sesgo para el estudio de la reforma, pues tendría una posición ya fijada.

Jorge Enrique Ibáñez, presidente de
Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional, podría ser apartado del estudio de la reforma pensional - crédito Camila Díaz/Colprensa

En consecuencia, también señalaron a Ibáñez de glorificar el trabajo infantil al mencionar su experiencia personal, al igual que, desde su perspectiva, se conoció que podría tener un interés particular en el tema, ya que dejó entrever que Colpensiones lo ha contactado para que se traslade de régimen; lo que supondría otro claro impedimento para el estudio del articulado.

“¿Será que un magistrado que públicamente se expresa así, contra la Constitución Política sobre la irrenunciabilidad de la pensión, que admite el trabajo infantil, que admite que su posición es que las personas trabajen hasta que se mueran sin pensión, puede conocer y decidir sobre una reforma pensional que amplía la base de beneficiarios y crea mecanismos para los adultos mayores vulnerables?”, se agregó en la recusación, que no es la única que cursa contra el citado magistrado.

En Colombia se requiere un
En Colombia se requiere un mínimo de 1.300 semanas cotizadas y cumplir la edad para obtener la jubilación - crédito Freepik

La ley de pensiones, es oportuno decir, fue aprobada en los dos debates que se llevaron a cabo en el Senado, y que en la plenaria de la Cámara se avaló de forma íntegra sin que se sometiera -según los sectores opositores- a discusión el proyecto de ley: razón por la cual fue demandado ante la Corte por aparentes vicios de trámite, entre otras, de la senadora del Centro Democrático y precandidata presidencial Paloma Valencia.

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