
En la tarde del 25 de febrero de 2025, la Comisión de Gobierno de Concejo de Bogotá aprobó la propuesta de señalización de zonas restringidas para el consumo de estupefacientes en la ciudad de Bogotá
El proyecto, propuesto por el concejal Andrés Barrios, pasará a plenaria, quedando a un paso de la sanción del alcalde Carlos Fernando Galán.
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El cabildante promotor de este proceso indicó para Infobae Colombia que el proyecto “busca es proteger a las familias bogotanas y garantizar una sana convivencia”. Asimismo, afirmó que la medida limitará a los jíbaros para que “salgan de los parques, plazoletas y entornos escolares de los cuales se han adueñado”.
Por otra parte, el concejal Barrios indicó que el proyecto ayudaría a reducir el impacto de las sustancias psicoactivas en los menores de Bogotá: “Debemos tomar ejemplo de otras ciudades. Existe una gran preocupación de padres de familia, colegios y universidades por los crecientes casos de consumo de drogas por parte de la juventud”.

Infobae: En principio, el proyecto busca proteger la integridad de familias y menores...
Andrés Barrios: la medida pretende mejorar la calidad de vida de los menores, pero sobre todo arrebatarles a los jíbaros los parques de los cuales se han venido adueñando los últimos años para realizar sus actividades ilícitas.
Infobae: La Alcaldía Mayor busca ubicar más agentes en la ciudad, pero las prioridades de seguridad no permitirían que estos ronden los espacios públicos mencionados en el decreto. ¿El apoyo ciudadano es vital para llevar a cabo un control más estricto?
Andrés Barrios: Tenemos el caso de una comunidad en la localidad de Suba, específicamente en el barrio Villa del Prado.
Ante el cansancio por el consumo en su parque, los vecinos decidieron instalar unas alarmas que ellos activan a través de unos controles. Cuando hay presencia de consumidores en la zona, inmediatamente avisan de esa forma a la policía que hace presencia para aplicar el Decreto 825 del 2019, que hoy está vigente y que señala que en esos perímetros como parques, plazoletas o los mismos entornos escolares no se puede consumir.
Así que considero que la articulación con la ciudadanía, pues por supuesto que va a ser de gran utilidad.

Infobae: ¿Considera que esta medida sí contribuirá a mejorar la cultura ciudadana de la capital?
Andrés Barrios: Contribuirá a la protección de la salud pública. La señalización clara ayuda a prevenir el consumo en lugares públicos, reduciendo así los riesgos asociados a la salud como enfermedades y accidentes.
También considero que es una iniciativa para promover la sana convivencia, pues aporta a mantener un entorno seguro y ordenado, evitando situaciones de conflicto y promoviendo una convivencia pacífica y en armonía.
Se protege a los menores de edad y a las familias. El decreto 825 enfatiza claramente en que debe garantizarse su protección. La señalización clara ayuda a garantizar que estos espacios, pues sean libres de influencias negativas y peligrosas.
Por último, creo que es una herramienta de educación y concientización, pues se informa a la ciudadanía sobre la importancia de tener estos espacios libres de sustancias psicoactivas y que promovamos hábitos saludables.

¿Cuál es el perímetro para la restricción según el Decreto 825 de 2019?
El documento establece en 200 metros el perímetro circundante del área o lugares abiertos al público en el que no se permitirá el consumo, porte o distribución de sustancias psicoactivas, inclusive la dosis personal.
El decreto indica que los espacios en los que se aplicarán estas medidas son jardines infantiles, establecimientos educativos básicos, instituciones de educación superior, con el fin de proteger a los estudiantes, pero esta medida también se aplicaría en parques, plazas y plazoletas.
Por otra parte, el consumo sería prohibido en estadios, coliseos y centros deportivos; así como en instituciones prestadoras de servicio de salud pública y privada.

¿Cuáles son las medidas punitivas según el decreto?
De acuerdo con el Decreto 825 del 2019, las personas que incurran en el incumplimiento de las medidas, recibirán multas de “entre dos y cuatro salarios mínimos legales mensuales cuando incurra en la conducta por primera vez“. Asimismo, indica que se aplicará una multa entre cuatro y seis salarios mínimos legales mensuales “en caso de reincidencia".
También, el ciudadano que consuma o porte estupefacientes cerca de zonas escolares, será acreedor de “una multa de cuatro a ocho salarios mínimos legales mensuales”.
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