Qué pasará con quienes se trasladaron de Colpensiones a un fondo de ahorro privado, si se cae la reforma pensional

En manos de la Corte Constitucional está la entrada en vigor de la nueva ley, que está prevista para el 1 de julio de 2025

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Colpensiones se convertiría en el
Colpensiones se convertiría en el principal fondo de ahorro de Colombia con la entrada en vigor de la reforma pensional - crédito Colpensiones/Colprensa

Desde el 14 de febrero de 2025, la Corte Constitucional tiene bajo análisis la ponencia que determinará el futuro de la reforma pensional promovida por el Gobierno nacional. La revisión se centra en establecer si existió un vicio de procedimiento insubsanable que podría poner en riesgo la validez de la Ley 2381 de 2024, mediante la cual se implementó el nuevo sistema pensional.

La ley, desde un inicio, generó controversias, en especial, para aquellos trabajadores que perciben más de 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (Smmlv) o $3.274.050, y que quedaron fuera del régimen de transición.

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Uno de los aspectos más controvertidos radica en que estas personas tuvieron que seleccionar una administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai), hasta el 16 de enero de 2025, lo que llevaría a un abanico de dudas sobre el futuro de sus pensiones. Además, este cambio ha sido especialmente confuso para los afiliados de Colpensiones que hicieron el traslado al nuevo esquema, de acuerdo con las condiciones establecidas por la normativa.

El 16 de julio de
El 16 de julio de 2024, Gustavo Petro, presidente de Colombia. sancionó, como ley de la República, la reforma pensional - Mauricio Dueñas Castañeda/EFE

No habrá efecto

El socio del bufete Holland & Knight Camilo Cuervo explicó que la reforma aún no entró en vigor, por lo que los traslados efectuados hacia Accai “no tendrían ningún efecto”. Cuervo dijo a Asuntos Legales que “aquellos que estaban en Colpensiones tendrán derecho a mantenerse ahí. Se mantendría la totalidad del aporte en Colpensiones en ese caso”.

De igual manera, hizo hincapié en que la normativa solo se aplica a un porcentaje reducido de la población, específicamente, a menos del 5% de los colombianos. Entre las razones, señaló que el impacto está limitado a personas sin régimen de transición, aquellos afiliados a Colpensiones y quienes perciben salarios iguales o superiores a 2,3 salarios mínimos .

Por otra parte, la gerente de GLR Abogados, Gina García, advirtió al medio que, si la Corte Constitucional declara la reforma inexequible, los efectos dependerán del momento de emisión de la decisión.

La Corte Constitucional tiene menos
La Corte Constitucional tiene menos de 60 días para definir el futuro de la reforma pensional - crédito Luisa González/Reuters

Según explicó García, “si la declaratoria de inexequibilidad se da antes del 1 de julio de 2025, el impacto sería principalmente normativo”, ya que la reforma aún no empezaría a operar en esa fecha. Esto significaría que el sistema pensional continuaría bajo las normas establecidas anteriormente.

Sin embargo, la experta también resaltó que los traslados efectuados durante la ventana de oportunidad podrían ser objeto de afectaciones importantes. El mecanismo permite a los afiliados cercanos a la edad de pensión cambiar de régimen bajo condiciones específicas. “La eventual declaratoria de inexequibilidad generaría un impacto significativo, particularmente en lo relacionado con la ventana de oportunidad”, aseguró al medio.

Implicaciones para los Afiliados y el Sistema Pensional

Si la reforma es declarada como inaplicable, uno de los principales desafíos será manejar las consecuencias legales para los afiliados que cambiaron de régimen durante la ventana de oportunidad. Estos trabajadores quedarían en un limbo jurídico, a la espera de que se defina si su traslado es válido o si deberán regresar a su sistema de pensiones anterior, explicó Asuntos Legales.

El Congreso de la República
El Congreso de la República aprobó la reforma pensional de manera polémica, ya que la Cámara de Representantes, sin discutirlo, dio el visto bueno al mismo texto que aprobó el Senado, debido a una propuesta que surgió en la corporación - crédito @MinSaludCol/X

Además, las devoluciones no se harían de manera automática, según señaló García. “Se podrían generar reclamaciones de afiliados que consideren que el traslado les otorgó derechos adquiridos o que aleguen perjuicios ante una posible reversión”, sostuvo la experta.

A pesar de que la afectación práctica sería menor debido a que la reforma aún no está en vigor, no se pueden descartar desafíos jurídicos. Las autoridades tendrían que establecer disposición y claridad normativa para evitar un vacío legal. Como expresó García, “aunque la afectación práctica sobre el sistema sea menor, el reto jurídico será inevitable” .

En última instancia, el destino de la reforma depende del fallo de la Corte Constitucional, que definirá también si las elecciones de pensión basadas en la nueva normativa realmente tienen validez anticipada. Mientras tanto, los afiliados y expertos del sector permanecen atentos a una decisión trascendental que podría reformular nuevamente las reglas del sistema pensional colombiano.

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