
En la tarde del 12 de febrero de 2025, en redes sociales se publicaron videos y fotos de un vuelo del helicóptero presidencial sobre la Casa de Nariño. La mayoría de los registros dejan ver que el vehículo sobrevoló el palacio presidencial al finalizar la tarde y a la entrada de la noche.
Cabe destacar que, el helicóptero Leonardo Aw139 blanco lo produjo una empresa italiana y el que lo adquirió fue el gobierno de Iván Duque en reemplazo de FAC 0006, que quedó en pérdida total luego de sufrir un accidente aéreo en el que fallecieron seis militares. El mismo es usado para vuelos dentro del territorio nacional que no sean de larga duración y también está activo por si el presidente Gustavo Petro lo requiere en un caso de emergencia.
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No obstante, el mandatario no se encuentra en el país, dado que está en una gira internacional por Oriente Medio, en donde participa de conferencias de tecnología y en reuniones con otros líderes internacionales con el fin de firmar acuerdos que beneficiarían al país.
En videos publicados en X se puede ver que el Leonardo Aw139 sobrevuela el Palacio de Nariño y reduce la velocidad para aterrizar sobre el techo de la casa presidencial. Las imágenes fueron compartidas por el congresista Miguel Polo Polo en su cuenta.
El representante aseguró que le era raro ver en acción el aparato, puesto que el primer mandatario no está en el país para hacer uso de él. Al respecto, afirmó que solicitará, por medio de un derecho de petición, cuáles son las razones del uso del helicóptero.

De acuerdo con él, en Presidencia estarían despilfarrando el dinero de la nación con el uso de la aeronave. Por lo anterior, se cuestionó por la persona o las personas que se movilizaban en el helicóptero.
“Si Petro no está en Colombia ¿qué hacen utilizando los helicópteros de Presidencia? ¿Quién está volando en ellos? Solicitaremos derechos de petición para conocer la verdad. No más despilfarro de los recursos públicos", fue el mensaje el senador de la República.
Otro de los videos compartidos en redes sociales deja ver a la aeronave volviendo a la Casa de Nariño caída la noche en el territorio colombiano.
Artículo 31 del Decreto 770 de 1982
El Decreto 770 de 1982 establece los reglamentos del protocolo y ceremonia de la Presidencia de la República. Según el apartado 31, se establece que, para los vuelos nacionales, el presidente puede hacer disposición del helicóptero o cualquier otro medio de transporte que requiera, pero debe definir el uso de este al informar el tiempo y las personas que se transportarán.
El inciso tres del artículo mencionado dice que “en general el planteamiento comprende la determinación y estudio de los siguientes aspectos:
- Integrantes de la comitiva;
- Distribución de la comitiva en los diferentes medios de transporte (automóviles, helicópteros, lanchas, aviones) de acuerdo al orden de precedencia;
- Programa detallado de actividades que cumplirá el señor Presidente;
- Distribución de alojamiento;
- Instalación de medios de transmisión que garanticen una fácil y oportuna comunicación con cualquier parte del país;
- Coordinación de actividades de orden sanitario, asegurando disponibilidad de clínicas, drogas, servicios de ambulancia y médicos especialistas;
- Integración de comités de recepción y despedida en el lugar de la visita. Estos comités estarán integrados por autoridades civiles, militares y eclesiásticas y personalidades del lugar;
- Honores por las tropas;
- Medidas de seguridad.
A su vez, la norma establece que los viajes por vía aérea serán atendidos por la Casa Militar y en el protocolo se establece que deberá ir acompañado por el piloto y copiloto establecidos.
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