Disidentes de las Farc podrían perder su estatus de gestores de paz: esto fue lo que dijo el Consejo de Estado

Entre los disidentes citados por el alto tribunal, se encuentra alias Leo o Firu, capturado en julio de 2024, cuando movilizaba varias armas en una camioneta de la UNP en vías del departamento de Antioquia

Guardar
Imagen de Referencia - El
Imagen de Referencia - El Consejo de Estado admitió una demanda que busca anular el decreto expedido por el Gobierno nacional, frente al nombramiento de varios integrantes de las disidencias de las Farc como gestores de paz - crédito Reuters

El Consejo de Estado admitió una demanda que busca anular el decreto expedido por el Gobierno nacional, frente al nombramiento de varios integrantes de las disidencias de las Farc como gestores de paz, pero que al parecer habrían incumplido los lineamientos de la medida.

En el fallo, el alto tribunal vínculo a cuatro miembros de este grupo armado que en el mes de julio de 2024 fueron detenidos mientras se movilizaban en una camioneta adscrita a la Unidad Nacional de Protección (UNP) con arsenal de guerra.

Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel.

Entre los disidentes que fueron llamados a la audiencia del Consejo de Estado se encuentran Édgar de Jesús Orrego Arango, alias Leo o Firu, señalado líder de la estructura 36 de las disidencias de las Farc. Igualmente, se contemplan Diego Armando Vargas Betancourt, alias Boyaco; Wenser Yosony Duque, alias Oliver Gonzales, y María Alejandra Ojedo.

“Vincular por tener interés en el resultado del proceso, a los que señores Édgar de Jesús Orrego Arango, Wenser Yosony Sabana Duque, María Alejandra Ojedo Londoño y Diego Armando Vargas Betancourt, por las razones expuestas en el presente proveído”, se lee en el fallo judicial.

Consejo de Estado ordenó nombrar
Consejo de Estado ordenó nombrar de inmediato a comisionados de la Creg - crédito Colprensa

Igualmente, el tribunal notificó “el auto del 18 de octubre de 2024 por medio del cual se corrió traslado de la solicitud de medida cautelar. Correr traslado de la demanda atendiendo el término previsto en la disposición legal aplicable, para que los terceros interesados puedan contestarla”.

“Venciendo el término para que los señores Edgar de Jesús Orrego Arango, Wenser Yosony Sabana Duque, María Alejandra Ojedo Londoño y Diego Armando Vargas Betancourt se pronuncie sobre la solicitud de medida cautelar, por Secretaría, ingresar el cuaderno de medidas cautelares al Despacho para proveer lo que en derecho corresponda”, se lee en el fallo emitido por el Consejo de Estado.

Qué dice la demanda contra alias Firu como gestor de paz

Según la demanda, interpuesta por el abogado constitucionalista Santiago Suárez, la figura aplicada para los cuatro disidentes es “contraria a la Constitución, al Código Penal, al Código de Procedimiento Penal, al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y a los precedentes de la Corte Constitucional”.

Fotografía cedida por la Secretaría
Fotografía cedida por la Secretaría de Gobierno de Antioquia, de Édgar de Jesús Orrego Arango (c), alias Firu, uno de los tres disidentes de las FARC detenidos este 23 de julio de 2024. EFE/ Secretaría de Gobierno de Antioquia

También, el abogado señaló que la acción judicial también establece medidas necesarias para garantizar la protección de los derechos de las víctimas de las disidencias de las Farc-EP, “asegurando que los individuos designados como gestores de paz sean sometidos a un proceso penal justo y que cumpla con los principios de verdad, justicia y reparación”.

La demanda fue aceptada por el Consejo de Estado en el mes de octubre de 2024, tres meses después de que los cuatro disidentes les asignaron la figura de Gestor de Paz, por medio de la Resolución 0345 del 30 de agosto de 2024, expedido por el Gobierno Nacional.

“Las personas designadas en el artículo 1 de la presente Resolución, firmarán un acta ante el consejero comisionado de Paz, donde se comprometen a asistir a las diligencias judiciales cada vez que sean requeridas, construir un plan de trabajo y rendir un informe mensual sobre sus actividades”, se observa en el documento oficial.

El disidente tiene una orden
El disidente tiene una orden de captura en su contra - crédito Fiscalía General de la Nación

Alias Firu, quien lideraba el frente 36 de las Farc en Antioquia, fue detenido mientras se desplazaba en una caravana de vehículos de la Unidad Nacional de Protección (UNP). En esta caravana también se encontraba Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcá, otro miembro de la mesa de negociación con el Gobierno, junto a otros insurgentes con órdenes de captura.

Frente a la designación de alias Firu y los otros tres disidentes de las Farc, el ministro de Defensa, Iván Velásquez, sostuvo en su momento que la decisión de retirar esa figura para los hoy procesados es exclusivamente del presidente Gustavo Petro.

Esa es una decisión que escapa al ministerio de Defensa, es una decisión del presidente de la República. Hay siempre obligaciones que se asumen de parte de las contrapartes en los ceses al fuego, esto es una violación al Derecho Internacional Humanitario. Uno podría presentar conclusiones, pero siguiendo los protocolos como se ha convenido con esa organización”, respondió el jefe de cartera en declaraciones a los medios de comunicación.