
Luego de la prima de diciembre, otro de los pagos esperados por numerosos trabajadores de Colombia es la suma adicional que llega con la nómina de enero de cada año, dependiendo del tipo de contrato.
Se trata del pago de los intereses de las cesantías, que es un beneficio adicional que reciben los trabajadores en Colombia y se calcula de manera proporcional al tiempo laborado durante el año anterior.
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La información legal compartida por el Ministerio de Justicia indica que todos los trabajadores que tengan una relación laboral con contrato, y en la que se paguen cesantías, tienen el derecho a participar de este beneficio. Los empleadores están obligados a pagarlas.
La salvedad es para los trabajadores que reciban un salario integral, cuenten con empleos informales o bajo la figura del contrato por prestación de servicios.
El marco legal está basado en la Ley 50 de 1990, en su artículo 99, estipula en los artículos 1 y 2 que “el 31 de diciembre de cada año se hará la liquidación definitiva de cesantía, por la anualidad o por la fracción correspondiente, sin perjuicio de la que deba efectuarse en fecha diferente por la terminación del contrato de trabajo”.

De acuerdo con la explicación de entidades financieras como el banco BBVA, esta suma debe ser consignada directamente a la cuenta bancaria del empleado, a través de la nómina, antes del 31 de enero.
En un artículo, la entidad bancaria indicó que esta suma corresponde a la “cuenta de los días trabajados en el año. Si no se ha trabajado todo el año, solo se consideran los días laborados hasta la fecha de la liquidación”.
Erick Moncada, que es el vicepresidente de Clientes y Operaciones en Porvenir, citado por el diario La República, confirmó que “los intereses de las cesantías son un valor adicional a esta prestación social y estos se fijan con base en una tarifa del 12% anual del valor total de las cesantías o proporcional por fracción del año trabajado”.
Así se pueden calcular los intereses de las cesantías
De acuerdo con la entidad financiera, para estimar el monto a recibir por este concepto, se puede utilizar una fórmula sencilla:
- Multiplicar el valor de las cesantías acumuladas al momento de la liquidación por los días trabajados en el año.
- Luego, multiplicar ese resultado por 0,12 (que equivale al 12% de los intereses).
- Finalmente, dividir el total entre 360.

Sobre este beneficio, Erik Moncada, vicepresidente de Clientes y Operaciones en Porvenir, explicó: “Los intereses de las cesantías son un valor adicional a esta prestación social y estos se fijan con base en una tarifa del 12% anual del valor total de las cesantías o proporcional por fracción del año trabajado”.
Otros beneficios del ahorro en cesantías
Además del pago de intereses, el ahorro en los fondos de cesantías genera rendimientos adicionales, que se suman al capital acumulado por los trabajadores.
Según el banco, “las cesantías son un ahorro obligatorio que el empleador deposita en un fondo a nombre del trabajador como respaldo en caso de desempleo, educación o mejora de vivienda, y generan rendimientos según la gestión del fondo”.
Expertos indican recomendaciones y errores
Muchos trabajadores colombianos reciben el pago de los intereses sobre sus cesantías. Sin embargo, expertos advierten que gran parte de las personas no aprovechan este dinero de manera estratégica, y pierden la oportunidad de fortalecer su estabilidad financiera.
Este monto adicional puede convertirse en una herramienta clave para mejorar la salud financiera si se administra correctamente. Para ello, de acuerdo con un artículo que publicó RCN Radio, Zuleima Barón, gerente de Ahorro e Inversión de Itaú Colombia, sugirió tres pasos fundamentales:
- Reinvertir los intereses para hacer crecer el capital. En lugar de gastar este dinero inmediatamente, una alternativa es destinarlo a un fondo de ahorro o inversión que permita generar rendimientos a largo plazo. Además, puede utilizarse para educación o vivienda, que son precisamente los objetivos principales de las cesantías.
- Definir el perfil de riesgo antes de invertir. Es importante evaluar qué nivel de riesgo se está dispuesto a asumir y en cuánto tiempo se necesitará el dinero. Esto ayudará a elegir la opción más adecuada según las necesidades personales.
- Explorar alternativas en el mercado financiero. Dependiendo del perfil del trabajador, existen diversas formas de inversión:
- CDTs: ideales para quienes buscan estabilidad y rentabilidad fija, aunque requieren mantener el dinero por un tiempo determinado.
- Fondos de inversión: permiten diversificar los recursos con una rentabilidad variable y montos de inversión más accesibles.
- Cuentas AFC: aunque ofrecen menores intereses, brindan beneficios tributarios y están respaldadas por Fogafín, lo que las hace atractivas para quienes planean invertir en vivienda.
Sobre estas opciones, indicó la importancia de elegir instituciones financieras confiables, “para garantizar la seguridad de la inversión, la experta recomienda optar por entidades con alta solidez patrimonial y supervisadas por la Superintendencia Financiera de Colombia”, dijo.
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