
El 28 de enero de 2025, la Procuraduría General de la Nación emitió un fallo en primera instancia contra 19 de 21 concejales de Barranquilla, que habrían orquestado el nombramiento de la personera para el periodo 2020-2023, sin cumplir a cabalidad los requisitos exigidos para el cargo.
La decisión se dio a través de Olga Liliana Suárez Colmenares, procuradora delegada de juzgamiento 2, en la que suspende e inhabilita por seis meses a los 19 cabildantes, de los cuales 9 de ellos repitieron elección hasta 2027.
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Los concejales mencionados en el fallo son: Julio Álvarez Vega, Freddy Barón Orozco, Heidy María Barraza Vergara, Leyton Daniel Barrios Torres, Zamir Benavides Moreno, Antonio Bohórquez Collazos, Ernesto Crissien Barraza, Richard Fernández Barraza, Juan Caillou Fuentes Pumarejo, María Henríquez Quintero, Samuel Elías Marino Angulo, Andrés Felipe Ortiz Hernández, Juan Ospino Acuña, Recer Lee Pérez Torres, Samir Eduardo Radi Chemas, Andrés Rengifo Lemus, José Trocha Gómez y Mauricio Villafañez Jabba. Mientras que el caso de Oswaldo Díaz Insignares fue archivado debido a su fallecimiento en 2024.

De acuerdo con el Ministerio Público, los concejales involucrados participaron en una sesión del 27 de febrero de 2020, en la que se designó a Angélica María Ávila Golfar como personera encargada de la ciudad.
El fallo señaló que, durante la sesión, el concejal Óscar David Galán advirtió públicamente sobre la falta de cumplimiento de los requisitos por parte de Ávila Golfar. A pesar de esta advertencia, la mayoría de los concejales votaron a favor de su designación. 2 de los 21 concejales presentes en la sesión votaron en contra, aunque sus nombres no fueron especificados en el fallo.
Según el organismo, esta elección se realizó sin que la candidata cumpliera con los requisitos legales exigidos para el cargo, lo que constituye una falta grave a título de dolo, al considerar que los concejales estaban al tanto de que Ávila Golfar no contaba con un título de posgrado, una exigencia establecida en la Ley 734 de 2002.

A pesar de ello, procedieron con su elección y posterior posesión en el cargo, que tuvo lugar el 28 de febrero de 2020. Este hecho fue señalado como una violación deliberada de las normas legales.
Al respecto, el concejal Antonio Bohórquez, que sigue fungiendo en el cargo de elección popular, indicó al El Tiempo que no ha sido notificado de la decisión, por lo que sostuvo que, una vez informado formalmente, probablemente agote los recursos para ejercer sus derechos.
“No he sido notificado formalmente del tema. Estoy esperando que se cumpla el trámite para poder ejercer mis derechos. En este caso, la ley permite, uno, el fallo de primera instancia no está en firme, porque todavía procede un recurso de apelación y, eventualmente, habría una revisión automática”, afirmó.

Además, añadió que continuará trabajando, en tanto presente las pruebas que mostrarían imprecisiones en el caso. “Si no pudiera pasar en apelación, buscaremos que el juez contencioso administrativo, creo que es el Tribunal Administrativo del Atlántico quien conocería esta revisión automática y obligatoria, sea quien nos dé la razón. Eso nos genera cierta tranquilidad, nosotros seguimos trabajando”, aseveró al medio citado.
Bohórquez consideró que la investigación y el fallo fueron excesivos al afirmar el incumplimiento de requisitos por parte de la funcionaria designada. Explicó al medio de comunicación que en ese momento se suspendió el concurso de méritos para proveer el cargo de personero, ya que el periodo del anterior estaba por vencerse y la ley obligaba a designar temporalmente a alguien.
Según Bohórquez, eligieron a una funcionaria con amplia experiencia en el Ministerio Público, que había terminado su especialización pero aún no entregaba la certificación formal. Dicho documento era suficiente para participar en el concurso de personero y, según interpretaciones jurídicas y de altas cortes citadas por él, cumplía con los requisitos.
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