
Desde el jueves 9 de enero de 2025 y hasta el 15 de enero del mismo año, más de 350.000 afiliados a Colpensiones tienen la posibilidad de elegir la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai) que mejor se ajuste a sus necesidades, antes de que entre en vigor la reforma pensional impulsada por el gobierno de Gustavo Petro.
Y es que de acuerdo con la reforma conocida como la Ley 2381 de 2024, a partir del primero de julio del año en curso, los trabajadores con ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos mensuales ($3,2 millones en 2025) deberán realizar sus aportes pensionales sobre el excedente de este monto en su Accai.
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Pero, ¿qué es una Accai?
De acuerdo con la información de la actual legislación pensional, el término se refiere a las iniciales de Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual.
Estas entidades —en Colombia ya hay al menos 4 aprobadas por la Superintendencia Financiera— figurarán como las encargadas de recaudar los ahorros de los trabajadores que ganen más de 2,3 salarios mínimos mensuales, ya que, la cotización que esté por debajo de este monto irá directamente a Colpensiones.
La reglamentación sobre estas administradoras tiene que ver con el pilar contributivo que contempló el Gobierno en la reforma.

Como sintetizó Colpensiones, la nueva perspectiva de este pilar “elimina la competencia entre regímenes y hace que Colpensiones y los fondos privados se complementen para garantizar una pensión. Cubre a la mayoría de las colombianas y los colombianos que cotizan a pensión y ganan entre 1 y 25 salarios mínimos".
Además, quienes inicien su vida laboral antes del 30 de junio de 2025, tengan ingresos por encima del mismo umbral y estén afiliados a Colpensiones, también podrán escoger una Accai.
¿Qué pasa si no se elige una Accai?
De acuerdo con Asofondos, los afiliados actuales de las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) como Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia, y con los ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos no necesitan realizar una elección, ya que automáticamente su Accai será la misma AFP a la que están afiliados.
Sin embargo, si un trabajador no selecciona una Accai antes del plazo establecido, el Gobierno asignará una de manera automática.
De acuerdo con Andrés Velasco, presidente de Asofondos, citado por el diario especializado La República, los usuarios insatisfechos con esta asignación tendrán la posibilidad de cambiar de Accai antes de que el nuevo sistema entre en funcionamiento.

Este componente busca complementar el ahorro pensional. Asofondos señaló que los aportes realizados a lo largo de la vida laboral en una Accai servirán como un ahorro adicional a la pensión que otorga Colpensiones.
¿Cómo elegir una Accai?
Los interesados pueden optar por cualquiera de las cuatro principales entidades: Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia. Para hacerlo, deben, de acuerdo con el paso a paso que publicó el medio económico:
- Comparar las opciones disponibles.
- Seleccionar la administradora que mejor se ajuste a sus necesidades.
- Completar el formulario o contactar a un asesor a través del enlace correspondiente.
- Finalizar el proceso de afiliación.
Colombia redefine las reglas para heredar pensiones
A partir de julio de 2025, Colombia implementará un cambio significativo en su sistema pensional con la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024
De hecho, esta normativa establece nuevos criterios para determinar quiénes podrán heredar una pensión en caso de fallecimiento del afiliado o pensionado, y se ajustarán las condiciones para acceder a este beneficio.
La reforma, que busca modernizar el sistema de pensiones en el país, introduce modificaciones en los derechos de los familiares de los pensionados por vejez o invalidez.
De acuerdo con lo consignado por el Artículo 47 de la ley, se especifica que el acceso a una pensión de sobrevivientes no será automático, sino que estará condicionado a una serie de requisitos que deberán cumplirse.

La normativa establece que los beneficiarios de una pensión de sobrevivientes o de sustitución pensional deberán demostrar su relación con el causante y cumplir con las condiciones estipuladas en la ley.
Incluso, la sustitución pensional podrá ser vitalicia o temporal, dependiendo del vínculo que el beneficiario haya tenido con el fallecido.
Además, el Artículo 49 amplía las disposiciones sobre quiénes podrán heredar la pensión en los casos en que el afiliado fallezca antes de haber alcanzado la jubilación.
Este punto es especialmente relevante, ya que introduce nuevas reglas para garantizar que el beneficio sea otorgado de manera justa y acorde con las relaciones familiares o de dependencia económica que existieran con el causante.
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