
En la mañana del miércoles 27 de noviembre de 2024, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla condenó a 40 años de cárcel a Salvatore Mancuso Gómez, máximo cabecilla del extinto Bloque Catatumbo de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), por su responsabilidad en más de mil crímenes cometidos en Norte de Santander, entre mayo de 1999 y diciembre de 2004.
Según la investigación presentada por la Fiscalía General de la Nación, fueron en total 1.323 hechos criminales reportados, entre los que destacan 538 masacres ocurridas en los municipios de Villa del Rosario, Arboledas, Los Patios, El Tarra y Tibú.
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También, la entidad acusatoria detalló 55 casos de desaparición forzada, la mayoría relacionados con población civil y representantes de las comunidades que fueron retenidos en zona rural y sobre los cuales se desconoce su paradero, así como setecientos eventos asociados con desplazamientos forzados.
Para la Fiscalía, las diferentes estructuras armadas del Bloque Catatumbo, por directriz de los máximos cabecillas, adoptaron patrones de macrocriminalidad constitutivos de crímenes de guerra y de lesa humanidad, como masacres, homicidios selectivos, desapariciones forzadas, desplazamientos forzados, secuestros, amenazas y accesos carnales violentos.

“Las víctimas de estas conductas fueron personas protegidas, entre población civil y representantes de las comunidades, quienes fueron instrumentalizados para ejecutar actos delictivos en la región o señalados equivocadamente de colaborar con otros grupos armados al margen de la ley”, señaló el ente acusatorio.
Adicionalmente, el juzgado también condenó a otros 45 exintegrantes del antiguo grupo paramilitar a 20 años de prisión.
“Además, deberán pagar multas de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Sobre todos aplica la pena alternativa de 8 años de prisión, de acuerdo con los parámetros definidos en la Ley de Justicia y Paz”, puntualizó la Fiscalía.

Corte Suprema negó libertad de Salvatore Mancuso
Esta es la segunda decisión judicial que ha tenido el excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) durante el mes de noviembre de 2024.
El 13 del mismo mes, la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia negó la libertad al ex jefe del extinto grupo paramilitar, al igual que cuestionó su tarea como gestor de paz, tras la designación hecha por el presidente de la República, Gustavo Petro.
En el fallo de segunda instancia, con la ponencia del magistrado Jorge Hernán Díaz, la Corte expuso cómo el excabecilla de los paramilitares estaría gozando de privilegios ilimitados, en esta situación su libertad, sin que se registre una compensación de “verdad y reparación para las víctimas”.
“No decretar la nulidad de la actuación por violación al debido proceso. Revocar el numeral primero de la parte resolutiva de la decisión impugnada (auto 148) por medio del cual se inaplica, bajo excepción de inconstitucionalidad, la Resolución Presidencial 244 del 14 de agosto de 2023″, se lee en el fallo emitido por el alto tribunal.

El presidente de la Sala de Casación de la Corte Suprema, Diego Corredor, defendió la decisión tomada por el alto tribunal, al considerar que Mancuso enfrenta cargos por sus delitos cometidos en su época como paramilitar.
“Una medida tan importante como lo es la concesión de la libertad a una persona con estos antecedentes no debe ser la medida primera a aplicarse”, dijo a los medios de comunicación.
De igual manera, Corredor sostuvo que, en caso de que el excomandante de las AUC recobre su libertad, afectaría los derechos y traumas que dejó en sus víctimas y familiares que estuvieron expuestos a actos violentos liderados por el gestor de paz a principios de los 2000.
“Estamos hablando de más de 60.000 conductas punibles realizadas por el señor Mancuso, en donde se generaron conflictos a lo largo y ancho del país, donde se generaron víctimas en todo el país que hoy reclaman justicia”, explicó.
Además de Mancuso, la resolución 450 de 2024 designó como gestores de paz a otros 18 exparas para que “contribuyan con su conocimiento y experiencia al desarrollo de actividades de construcción de paz y garantías de no repetición, estructuración de procesos de paz y estrategias de acercamientos con actores armados ilegales”.
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