
La Procuraduría General de la Nación formuló cargos contra Hernán Darío Camacho Sarmiento, exalcalde de Tame y actual diputado de Arauca, por presunta extralimitación de funciones durante su mandato como alcalde entre 2016 y 2019. Según el ente de control, Camacho habría incurrido en irregularidades al exonerar del pago del impuesto predial unificado a varias personas, presuntamente víctimas del conflicto armado, sin la debida autorización del concejo municipal, órgano que debía aprobar cualquier medida de alivio tributario en el municipio.
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De acuerdo con el comunicado emitido el 10 de noviembre, la Procuraduría sostiene que Camacho Sarmiento emitió resoluciones en 2019 para conceder exenciones del impuesto predial sin respetar las competencias establecidas para el cabildo local. “El exalcalde reconoció, mediante resoluciones, exoneraciones del tributo en el año 2019, violando competencias del cabildo local,” detalla el informe. La norma establece que cualquier medida de exención o condonación tributaria debe ser avalada mediante un acuerdo municipal, en el cual se diseñen lineamientos generales para la adopción de dichas medidas.

La Procuraduría argumenta que, al actuar sin la aprobación del concejo, Camacho Sarmiento infringió las normas constitucionales, legales y administrativas, vulnerando los principios de la función pública y el marco legal que regula el ejercicio de la autoridad municipal. En ese sentido, el organismo enfatiza que el exalcalde “tenía la obligación de crear un procedimiento dirigido a expedir un acuerdo municipal” para estructurar medidas de alivio tributario dirigidas a víctimas del despojo y desplazamiento forzado.
La actuación del exalcalde ha sido calificada por la Procuraduría como una “falta grave con culpa gravísima”, debido a la jerarquía y responsabilidad que ostentaba como primera autoridad del municipio. Esta calificación sugiere que, de ser hallado responsable, Camacho Sarmiento podría enfrentar sanciones disciplinarias severas, que podrían incluir la destitución de su cargo actual como diputado y una inhabilidad para ejercer funciones públicas por un periodo que aún no se ha especificado, pero que podría ser considerable dada la naturaleza de la infracción.
La Procuraduría continúa recopilando pruebas y evaluando los documentos administrativos involucrados en las resoluciones emitidas por el exalcalde.

Exalcaldes en líos con la justicia
Entre otras acciones contra las irregularidades de los funcionarios públicos la Procuraduría General de la Nación formuló cargos contra Gisel Karina Garzón Avellaneda, exalcaldesa de Arbeláez, Cundinamarca, (2020-2023) por presunto pago de sobrecostos en una obra contratada para el mejoramiento del parque principal del municipio. Según el ente de control, la exfuncionaria habría aprobado un aumento del valor del contrato, violando los principios de responsabilidad y economía en la función pública.
El caso se centra en un contrato inicial por cerca de 730 millones de pesos, el cual, mediante una acta modificatoria suscrita por Garzón Avellaneda, incluyó elementos adicionales que incrementaron el costo en un 182,24 %, es decir, unos 150 millones adicionales. La Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría identificó estos incrementos como “sobrecostos”, y cuestionó la justificación de estos valores.
Además, el ente de control también formuló cargos contra la exsecretaria de Planeación, Elsa Marcela Rojas Escobar, por presuntas omisiones al avalar el presupuesto del proyecto sin la documentación adecuada. Según el comunicado, Rojas afirmó que el presupuesto oficial se basaba en un estudio cuidadoso del mercado, pero no se allegaron cotizaciones que respaldaran estos costos.

La Procuraduría calificó la conducta de Garzón Avellaneda como una “falta gravísima a título de culpa grave”, y la de Rojas Escobar como “gravísima a título de culpa gravísima”, lo que podría derivar en sanciones disciplinarias significativas para ambas exfuncionarias.
Gisel Karina Garzón Avellaneda podría enfrentar sanciones disciplinarias que incluyen la destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos, debido a la calificación de “falta gravísima a título de culpa grave” en su contra. La gravedad de esta calificación implica consecuencias significativas en su carrera política.
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