
El Gobierno de Gustavo Petro ya inició con la implementación de la Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte”, más conocida como reforma pensional, que se basa en un sistema de pilares (semicontributivo, contributivo, solidario y de ahorro voluntario).
Con esto, ya empezaron a darse cambios importantes que se pondrán en marcha antes de que el nuevo sistema entre en funcionamiento el 1 de julio de 2025.
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Por ejemplo, con la reglamentación ya se introdujeron cambios en el régimen de transición, con lo que se permite que ciertos cotizantes se trasladen de fondo antes de la aplicación completa de la reforma. Según la reglamentación, las mujeres con 750 semanas cotizadas y los hombres con 900 semanas podrán cambiar de fondo, siempre que les falten diez años para alcanzar la edad de jubilación.

Además, se enfatiza la importancia de que los cotizantes utilicen de manera adecuada la doble asesoría antes de decidir sobre un traslado o rechazar los cambios propuestos. Esta medida busca asegurar que las decisiones se tomen con pleno conocimiento de las implicaciones.
Por otro lado, el Gobierno ha establecido las reglas para determinar qué empresas podrán ofrecer servicios de ahorro pensional en el sector privado, lo que forma parte del marco regulatorio de la reforma.
Cómo es el régimen de transición con la reforma pensional
A partir de julio de 2025, los afiliados a Colpensiones que percibieron más de 2,3 salarios mínimos legales vigentes deberán elegir una administradora del componente complementario de ahorro individual (Accai) La medida forma parte de la reforma pensional aprobada en junio de 2024, que introduce cambios relevantes en el Sistema General de Pensiones de Colombia.

La nueva norma establece que las contribuciones al ahorro para la jubilación ya no serán un porcentaje fijo del salario, sino que variarán según los ingresos mensuales. Por ejemplo, quienes ganen entre 2,3 y 4 salarios mínimos deberán aportar el 16% de su sueldo, y este porcentaje aumentará conforme se incrementan sus ingresos.
Traslado de fondos
Además, la reforma impide el traslado de fondos de pensiones privados a públicos para aquellos con menos de 750 semanas cotizadas. Esta restricción busca regular el flujo de afiliados entre los diferentes regímenes y se aplicará a partir de julio de 2025, con lo que se afecta, principalmente, a quienes no forman parte del régimen de transición.
Para las afiliaciones a Colpensiones que no seleccionen un administrador privado para su componente de ahorro individual, la entidad asignará una de manera aleatoria. Este proceso se llevará a cabo desde el 1 de marzo de 2025, conforme al artículo 10 del Decreto 1225 de 2024. Las entidades administradoras serán ordenadas alfabéticamente, y se considerarán factores como la edad, el género y la base de cotización para la asignación.

Procedimiento para elegir la administradora de ahorro
El procedimiento para elegir una administradora de ahorro individual incluye:
- Dirigirse a Colpensiones para solicitar el proceso de selección de Accai.
- Elegir uno de los fondos privados disponibles.
- Verificar que el registro se hace de manera correcta en las bases de datos de Colpensiones.
Este trámite solo podrá realizarse una vez y comenzará a aplicarse a partir del 1 de julio de 2025.
La reforma busca evitar la concentración de afiliados en una sola entidad y promover una distribución equitativa entre los fondos de pensiones públicos y privados. Los ahorros en los fondos privados no contarán con el apoyo financiero que ofrece Colpensiones, lo que implica que los afiliados deberán gestionar sus inversiones para asegurar una rentabilidad adecuada para su jubilación.
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