En horas de la mañana de este miércoles 9 de octubre de 2024 se reanudó la audiencia preparatoria de juicio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal, soborno a testigos y soborno en actuación penal.
La diligencia cuenta con la presencia del expresidente Álvaro Uribe Vélez, que no estuvo presente en las dos últimas audiencias, porque alega falta de garantías procesales.
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La defensa del expresidente colombiano (2002-2010), liderada por el abogado penalista Jaime Granados presentó sus observaciones a las pruebas solicitadas por la Fiscalía General de la Nación y las víctimas.
En la audiencia, el abogado le solicitó a la jueza 44 de conocimiento de Bogotá excluir como prueba material todas las intercepciones entre las intercepciones registradas entre el expresidente Álvaro Uribe Vélez y el abogado Diego Cadena.
Según Granados, las intercepciones vulneran los derechos de la intimidad del líder natural del Centro Democrático, ya que según él, fueron realizadas sin justificación alguna.
Portal motivo, Jaime Granados afirmó que eso lleva a una “interferencia agravada que afecta el debido proceso”, razón por la cual explicó que no pueden ser tenidas en cuenta dentro del juicio que se adelantará contra el expresidente colombiano por los delitos mencionados.
“A la luz de los estándares internacionales de Derechos Humanos, es claro que la interceptación de comunicaciones telefónicas, dentro del contexto de una investigación penal, se trata de una injerencia muy grave en el ámbito de la vida que está protegida por la Constitución y la ley”, aseveró Granados.
El abogado penalista aseguró que las intercepciones se realizaron una forma “clandestina”, motivo por el cual detalló que va en contravía de todos los principios constituciones legales.
Además, agregó que se “rompe en principio de igualdad de armas” al explicar que se presentaron fallas en su recolección, porque según la defensa de Álvaro Uribe no se atendieron los requisitos que establece la jurisprudencia y la ley.

“Requisitos que acá no se presentaron (...) El no acatamiento de las mismas generan su invalidez”, aseveró Jaime Granados.
El abogado penalista precisó que “la consecuencia obvia es la vulneración al debido proceso por prueba ilícita”, al hacer referencia a las 106 intercepciones telefónicas mencionadas por la Fiscalía General de la Nación, de las cuales, 28 son entre Álvaro Uribe y Diego Cadena.
La Procuraduría General de la Nación también solicitó excluir estas pruebas, que fueron recaudadas por la Corte Suprema de Justicia. Según el Ministerio Público, las vulneran los derechos del expresidente Uribe.
Las audiencias preparatorias de juicio se adelantan en medio de la espera de la decisión de la Sala Plena del Tribunal Superior de Bogotá frente a la acción de tutela radicada por Jaime Granados.
En el documento de 56 páginas se precisa que “por medio de la presente acción de tutela, se demostrará que el día 2 de octubre de 2024, el JUZGADO 44 PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en desarrollo de la audiencia preparatoria llevada a cabo dentro del 11001600010220200027600, trasgredió los DERECHOS FUNDAMENTALES AL DEBIDO PROCESO Y A LA DEFENSA del doctor ÁLVARO URIBE VÉLEZ”.
Según Granados, no se les concedió la prórroga justificada que solicitaron en la audiencia realizada el miércoles 2 de octubre de 2024. El objetivo era revisar con detenimiento las pruebas que obtuvieron por orden de la Corte Suprema de Justicia del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve.
La defensa del expresidente Álvaro Uribe a través de la acción legal y que obtuvo Infobae Colombia le pide al Tribunal Superior de Bogotá que protejan el debido proceso, así como la defensa de Uribe, quien está siendo procesado por los delitos de fraude procesal, soborno a testigos y soborno en actuación penal.
Argumentos
- “No haber concedido –mediante orden judicial-, la prórroga justificada que se le había solicitado, con miras a poder verificar, por parte de la defensa, evidencia digital relacionada en el descubrimiento de la Fiscalía, a la cual la defensa sólo tuvo acceso hasta el lunes 30 de septiembre de 2024, a las 6:53 P.M”.
- “Impedir que la defensa verifique el contenido de las referidas evidencias digitales, para efectos de presentar adecuadamente su propio descubrimiento probatorio”.
- “Forzar a la defensa, en esas condiciones, a presentar su descubrimiento probatorio a pesar de los requerimientos fundamentados y de la proporcionalidad de lo pedido, en tanto se pedían escasos siete días para poder hacer la labor de verificación”.

- “Continuar el trámite de la audiencia preparatoria, a pesar de que la defensa manifestó que en dichas condiciones no haría su descubrimiento, dejando así desprovisto al procesado de la posibilidad de hacer su descubrimiento, de enunciar y poder pedir pruebas”.
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