
El 21 de febrero de 2022, la Corte Constitucional tomó una decisión clave en los derechos reproductivos de millones de mujeres y personas gestantes en todo el país. Luego de un intenso debate, el organismo aceptó la demanda del movimiento Justa Causa, que solicitaba eliminar de manera urgente el delito del aborto.
Los principales argumentos de las demandantes se justificaban bajo el pretexto de que la normativa anterior, incumplía lo establecido en la constitución Política de 1991 y que violaba los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.
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Luego de considerar los argumentos a favor y en contra, el alto tribunal de justicia en el país flexibilizó las normativas que prohíben el aborto, fomentó el acceso a la Interrupción Voluntaria de embarazo (IVE) y tumbó la sentencia C-355 de 2006 en la que se establece que solo por tres causales era válido finalizar el periodo de gestación.
Aborto legal hasta la semana 24

La Corte Constitucional aprobó el fallo para que todas las personas que estén en estado de embarazo puedan abortar de manera legal en un centro de salud durante las primeras 24 semanas. De esta manera, se garantiza los derechos sexuales, reproductivos y de la salud de las mujeres colombianas.
Con la despenalización del aborto durante ese periodo, una mujer gestante podrá tomar la decisión sobre su propio cuerpo y hacerlo de manera segura sin exponer su vida y salud en lugares clandestinos.
Mayor acceso al aborto
Con la decisión de la Corte Constitucional en pie, cualquier persona que busque interrumpir su embarazo de manera voluntaria puede acceder al servicio comunicándose con su Entidad Promotora de Salud (EPS) o Institución Prestadora de Salud (IPS) para agendar una cita.
La persona encargada de confirmar la intervención no debe pedir información detallada sobre los motivos de su decisión. Además, la EPS está en la obligación de brindar toda la información necesaria sobre el procedimiento y las diferentes modalidades, sea vía oral o con intervención quirúrgica.
El aborto es gratuito

Con la resolución 051 de 2023, el Ministerio de Salud adoptó una regulación única para garantizar la atención integral frente a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, en la que se estableció el acceso gratuito a todos los procedimientos relacionados con el aborto, pues están incluidos en el Plan de Beneficios en Salud, que, hoy, cubre el régimen contributivo y subsidiado sin cuotas moderadoras o copagos.
En la normativa también se contempla la (IVE) como una intervención de carácter urgente, por lo que los centros de salud deben garantizar la prestación óptima del servicio en todo el territorio nacional.
No se puede divulgar si abortó o no
En lo establecido en el marco normativo actual del país, los prestadores de servicios médicos están en la obligación de guardar el secreto profesional. Asimismo, bajo ningún concepto se permite realizar denuncias penales por abortar, ya que el IVE está contemplado como un derecho reproductivo.
Las niñas y adolescentes también pueden abortar

Los menores de edad que lo requieran podrán acceder a este procedimiento sin la necesidad de tener una autorización de sus padres o representantes legales, incluso si estos no comparten la decisión de abortar.
De igual manera, las personas gestantes migrantes en situación irregular también pueden acceder a la interrupción del embarazo sin ningún costo, puesto que el sistema de salud colombiano contempla la posibilidad.
Prácticas prohibidas por la ley
La resolución 051 de 2023 también contempla la prohibición de varias prácticas por parte del personal de salud, como realizar juntas médicas para decidir sobre el procedimiento o autorizar la suplementación oral. Y tampoco adelantar remisiones a consultas previas de orientación o asesoría.
Este tipo de prácticas y el incumplimiento de los otros puntos establecidos en la ley supondrá sanciones administrativas, disciplinarias o penales por parte de las autoridades competentes.
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