
En Colombia aún se siente la “resaca” por la aprobación y posterior sanción presidencial de la Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte”, más conocida como reforma pensional de Gustavo Petro, que se basa en cuatro pilares (semicontributivo, contributivo, solidario y de ahorro voluntario).
De igual forma, se está a la espera de la reglamentación de la misma, teniendo en cuenta que el Gobierno tiene poco tiempo, ya que la nueva norma entraría en vigencia el 1 de julio de 2025.
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Mientras esto último ocurre, una reciente decisión de la Corte Constitucional dispuso un nuevo cambio en las pensiones. Colpensiones deberá ajustar su política en cuanto a la entrega de la pensión por invalidez en Colombia. Este beneficio, que antes solo se otorgaba a aquellos que no habían recibido una indemnización sustitutiva, ahora deberá ser entregado sin importar si el ciudadano había optado antes por dicha indemnización.

El fallo del alto tribunal responde a una acción que argumentaba que el artículo 6 del Decreto 1730 de 2001 no impide que una persona que haya recibido una indemnización sustitutiva reclame después de una pensión por pérdida de capacidad laboral.
Explicó la Corte Constitucional que Colpensiones deberá entrar a hacer la modificación respectiva liderando el cambio legal en el país. En este sentido, se destaca que, si se cumplen los requisitos, el derecho debe ser entregado a los beneficiarios. Ante esto, el alto tribunal precisó que Colpensiones no estaba cumpliendo con la entrega de la mesada correspondiente cuando había una solicitud previa de indemnización sustitutiva.
Derechos de los ciudadanos
El tribunal resaltó que el derecho a recibir una pensión por invalidez surge cuando se presenten todos los documentos y certificados que avalan la condición del aportante. Esto implica que, independientemente de haber recibido una indemnización sustitutiva, el ciudadano tiene el derecho de solicitar la pensión si cumple con los requisitos establecidos.

Una de las razones clave para este cambio legal es la necesidad de garantizar que las personas afectadas por la pérdida de capacidad laboral reciban el apoyo económico necesario. De acuerdo con el alto tribunal, la pensión por invalidez en Colombia, que reconoce Colpensiones, también se debe entregar sin importar si el ciudadano ya había hecho por proceso de pensión sustitutiva.
Esto representa un alivio significativo para aquellos que, por diferentes motivos, habían recibido la indemnización, pero luego enfrentaron una mayor disminución en su capacidad laboral.
Proceso de solicitud y entrega
El nuevo criterio establecido por la Corte Constitucional también implica un ajuste en el proceso de solicitud y entrega de la pensión por invalidez. Colpensiones deberá asegurarse de que todos los procedimientos administrativos estén alineados con esta interpretación legal para evitar demoras y garantizar que los beneficiarios reciban su pensión en tiempo y forma.

Con esto, es importante que la entidad adapte sus métodos de evaluación y verificación de documentos y condiciones médicas tanto de los nuevos solicitantes como de aquellos que recibieron beneficios previos.
Impacto en la sociedad
La decisión de la Corte tiene un impacto positivo en un segmento vulnerable de la población. Las personas con discapacidad que habían optado por una indemnización sustitutiva ahora tienen la posibilidad de mejorar sustancialmente su calidad de vida con la pensión por invalidez. Esto fortalece su estabilidad económica y facilita un mejor acceso a tratamientos médicos y recursos necesarios.
Especialistas en derechos laborales y sociales expresan su apoyo a esta medida. ”La nueva interpretación de la ley es un paso adelante en la protección de los derechos de los trabajadores”, dicen algunos que resaltan, además, que esta medida alinea mejor las normativas nacionales con estándares internacionales de derechos humanos.
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