
La Plenaria de la Cámara de Representantes le dio un espaldarazo a la idea de revivir los días sin IVA en Colombia.
Esto, debido a que negó las objeciones presentadas por el presidente Gustavo Petro al proyecto de ley que busca “institucionalizar el Día sin IVA como política de Estado para proteger el poder adquisitivo de los hogares y estimular la economía colombiana”, presentado por el senador Miguel Uribe Turbay y el representante a la Cámara Christian Garcés, del Centro Democrático.
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La norma faculta al Gobierno para establecer tres jornadas para vender productos sin el impuesto al valor agregado, que en la actualidad es del 19%. La corporación dio su visto bueno tras una votación de 72 votos a favor y 32 en contra.
Ahora, la discusión pasará al Senado de la República. Si este también niega las objeciones, será la Corte Constitucional la que haga una nueva revisión. De respaldar el alto tribunal lo que dice el presidente Petro, la iniciativa se hundirá de manera definitiva.

Luego de la decisión, el mismo Miguel Uribe Turbay se mostró satisfecho y celebró que la iniciativa no se haya caído.
“Celebro que la Plenaria de Cámara haya rechazado las objeciones de Petro al proyecto que institucionaliza el día sin IVA. Este es un proyecto que genera un gran beneficio social, estimula el comercio y reactiva la economía”, argumentó el congresista.
Aseguró que “no dejaremos que Petro por capricho acabe con esta oportunidad”.
Decisión optativa
De igual manera, durante la plenaria, el representante Christian Garcés dejó claro que la idea de la ley es que lo autorice el Gobierno que esté de turno y no el actual, algo que quedó optativo, tras una modificación al texto.
“No estamos obligando al Gobierno actual ni al siguiente a decretar los días sin IVA. Quedó optativo. No tiene impacto en el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP). Si el Gobierno lo va a declarar, luego tiene que hacerlo cumpliendo con el MFMP”, aseguró.
Por qué se objetó el día sin IVA
Como se recordará, el proyecto de ley se devolvió al Congreso luego de que Gustavo Petro alegó que la medida no cumple con la Constitución y otras regulaciones fiscales. El mandatario se basa en que el artículo 154 de la Constitución establece que las leyes que decreten exenciones de impuestos, contribuciones o tasas nacionales, solo pueden ser dictadas o reformadas por iniciativas del Gobierno.
Además, enfatizó que la Corte Constitucional respaldó este enfoque al resaltar que “las iniciativas que pretenden decretar exenciones deberán ser presentadas por el Gobierno”.
El Ejecutivo argumentó que este articulado en particular surge “como una iniciativa parlamentaria y carece del aval fiscal del Gobierno”. La postura se fundamenta en la interpretación de la ley, específicamente el artículo 7 de la Ley 819 de 2003. Aquí se detalla que “el impacto fiscal de cualquier proyecto de ley que ordene gasto o que otorgue beneficios tributarios deberá hacerse explícito y ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo”.

Estas objeciones también resaltan preocupaciones sobre la eficacia de la medida en términos de su impacto real en el consumidor y la economía general. El Gobierno considera que “el articulado no tiene un mecanismo que garantice que efectivamente va a beneficiar a los consumidores”. Además, “la medida tiene un alto costo fiscal y no ha valorado sus efectos en materia de cultura tributaria”.
El ministerio de Hacienda, Ricardo Bonilla, mencionó que los principales beneficiarios de esta medida serán las personas de mayores ingresos. Este punto, resaltado en el pliego de objeciones, cuestiona la equidad y la efectividad socioeconómica de los días sin IVA. “Sus beneficios se aplican principalmente a la población de mayores ingresos”, lo que se aleja del objetivo de impulsar el consumo en todos los sectores de la sociedad.
De igual forma, el funcionario había dicho que este es un “pésimo negocio”, tanto para el Estado como para los empresarios.
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