
En la tarde del martes 27 de agosto de 2024, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, confirmó el pago por más de 8 billones de pesos a EPS correspondientes a presupuestos máximos para la atención de los pacientes en el país.
Así lo informó el jefe de la cartera en una rueda de prensa en la que explicó que desde el Gobierno nacional se han girado pagos por encima de 8 billones de pesos correspondientes a julio, agosto y septiembre, por lo que queda pendiente las resoluciones que lo confirman.
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“Podemos decir que ha habido pagos por encima de 8 billones de pesos en presupuestos máximos y en estos momentos salen todas las resoluciones que tienen que ver con los pagos de julio y agosto, inclusive de septiembre, o sea que entonces estamos adelantados”.
Por lo tanto, el ministro Jaramillo dio un parte de tranquilidad para los pacientes, dado que afirmó que el dinero para la atención de los colombianos se está pagando por adelantado.

“En eso puede haber tranquilidad y solamente esperamos que las EPS entiendan que no son los recursos que le llegan por anticipado, todas las EPS reciben recursos y ya, por ejemplo, agosto está pago, el 8 de agosto fue pago el régimen subsidiado, ya estamos en la cuarta semana de pago del régimen contributivo”.
En su intervención, el ministro de Salud aprovechó para enviar un contundente mensaje a las EPS al asegurar que todas “tienen que entender que es una sola bolsa y no es una bolsa para presupuestos máximos y otra bolsa para los gastos normales de la atención a la salud”.
Por tal motivo, finalizó el ministro, ninguna EPS en el país puede justificar la no atención de pacientes, incluyendo los de alto costo de los que hacen parte enfermedades huérfanas y raras o crónicos, pues los recursos para este tipo de tratamientos está incluido en la Unidad de Pago por Capitación, la cual, está al día.
“Aquí no puede ninguna EPS justificar, de ninguna manera, el que no atienda a todos y a cada uno de los pacientes, no importa si son enfermedades huérfanas y raras o si son crónicos, porque los crónicos están en la Unidad de Pago por Capitación y como están en la Unidad de Pago por Capitación, se les ha pagado al día, no se les debe absolutamente nada”.
Qué son los presupuestos máximos
De acuerdo con el artículo 240 de la Ley 1955 de 2019, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) deberán gestionar los servicios y tecnologías en salud no financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Estos gastos deben ser cubiertos con el presupuesto máximo anual que transfiera la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) a cada EPS de acuerdo a la metodología definida por el Ministerio para fomentar el uso eficiente de recursos.

Esta regulación establece que, aun cumpliendo con el techo presupuestario, la prestación del servicio no debe verse afectada. Adicionalmente, las EPS deberán considerar la regulación de precios y aplicar los valores máximos por tecnología o servicio que determine el Ministerio remitiendo la información necesaria a dicha entidad. La ADRES, por su parte, adaptará sus procesos de administración, operación, verificación, control y auditoría para implementar lo previsto en este artículo.
Por último, en el artículo 240 se establecen los mecanismos financieros y de seguros que las EPS pueden implementar para mitigar los riesgos asociados a la gestión de servicios y tecnologías no financiados con cargo a la UPC en línea con la normativa del Ministerio de Salud.
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