
El comentarista deportivo Carlos Antonio Vélez es reconocido por sus mordaces y duras críticas que le han hecho despertar el odio y aprecio de los fanáticos del fútbol colombiano, pero en esta ocasión el narrador futbolístico usó sus redes sociales para cuestionar una situación desafortunada que se estaría generando con su número personal de celular y empresas de telefonía móvil.
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De acuerdo con Vélez, estaría siendo víctima de múltiples llamadas de empresas de telefonía que, desde números identificados como extranjeros, ofrecen servicios de cobertura y portabilidad de líneas celulares en el país.
“No hay control, no hay respeto, no hay pudor, no hay nada! Como será de malo el servicio de un operador de telefonía celular q tiene q usar “números piratas” del exterior para ofrecer su producto.. “cámbiate con el mismo número…” dice una voz chillona en grabación “clara” pero detestable. Es una manera tóxica de atropellar, invadir la privacidad, engañar, molestar y perturbar. Las leyes y normas q “protegen” al consumidor son como todo en este país.. joda! (SIC)”.

Pero el periodista deportivo no sería la única víctima con las actitudes irregulares de las compañías de telefonía móvil, varios usuarios de X compartieron la publicación y también comentaron sus experiencias desagradables con las llamadas publicitarias.
Los usuarios de las redes sociales han denunciado al igual que Vélez que han recibido llamadas presuntamente de otros lugares del continente y mundo, pero al responderlas resulta ser una grabación que termina ofreciendo los servicios de algunas de las empresas más reconocidas de telefonía móvil en el territorio nacional.

A partir del 11 de octubre de 2023, la Ley 2300 de 2023, conocida como la ‘Ley Dejen de Fregar’, entró en vigor en Colombia. Esta ley tiene como objetivo principal proteger el derecho a la intimidad de los consumidores al establecer límites claros a la forma, el horario y la frecuencia con la que entidades financieras, empresas de cobranza y proveedores de bienes y servicios pueden contactarlos con fines comerciales o de cobro.
La ley beneficia a los consumidores financieros y comerciales al protegerlos del envío de publicidad o gestiones de cobranza intrusivas a través de mensajes cortos de texto (SMS), mensajería instantánea por aplicaciones o web, correos electrónicos y llamadas telefónicas.
Entre las entidades obligadas a cumplir con la normativa se encuentran aquellas vigiladas por la Superintendencia Financiera, personas naturales y jurídicas que realizan gestión de cobranza (ya sea de forma directa, por tercerización o cesión de la obligación) y productores y proveedores de bienes y servicios, tanto públicos como privados, en lo referente al envío de publicidad.

En cuanto a los horarios permitidos para la comunicación se establece que será de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 7:00 p. m., sábados de 8:00 a. m. a 3:00 p. m. y queda prohibido el contacto los domingos y festivos. La ley también impone restricciones a la gestión de cobranza, prohibiendo preguntar el motivo del incumplimiento, contactar referencias personales del deudor, contactar a avalistas, codeudores o deudores solidarios fuera de los horarios establecidos, y el cobro mediante visitas domiciliarias o laborales, excepto en casos específicos de microcréditos, créditos de fomento o rurales con autorización expresa, o cuando no se cuente con información actualizada del consumidor.
Es importante destacar que la ley no aplica para comunicaciones que confirmen operaciones sobre ahorros voluntarios y cesantías, envíen información solicitada por el consumidor o generen alertas sobre transacciones fraudulentas. La Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de Industria y Comercio serán las entidades encargadas de sancionar el incumplimiento de la “Ley Dejen de Fregar”, según lo establecido en la Ley 1266 de 2008.
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