
La Sala de Definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le concedió la libertad condicional a Carlos Alberto Suárez Reyes, exagente del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), condenado por la justicia por filtrar información al hoy fallecido Víctor Ramón Navarro, conocido con el alias de Megateo, así como su participación en el asesinato de diez detectives de la entidad y siete militares en Hacarí, Norte de Santander, ocurrido en abril de 2006.
Según la sentencia del tribunal, Suárez Reyes brindó sus aportes frente a la masacre ocurrida en el oriente colombiano, así como los presuntos nexos de sus superiores y militares con el narcotraficante, asegurando que sus declaraciones ante la Justicia Especial superan el umbral de lo ofrecido ante la justicia ordinaria, por lo que expidieron la boleta de libertad del exfuncionario a la Cárcel La Picota de Bogotá, donde se encuentra recluido.
“Se concede la libertad transitoria, condicionada y anticipada al señor Carlos Alberto Suárez Reyes, respecto del proceso penal con radicado N° 54-001-31-07-001-2010-00052-01, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva”, señaló la JEP en el fallo.
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A su vez, la JEP advirtió que “el beneficio de la libertad transitoria, condicionada y anticipada le puede ser revocada si no cumple con las obligaciones contrariadas con el Sistema Integral para la Paz”.
En este sentido, el tribunal ordenó al director de la Cárcel La Picota de Bogotá para que expida la boleta de libertad para el exagente del extinto DAS. “Esta se expedirá de forma digital y con la firma o certificado digital de los magistrados que conforman esta subsala”, agregaron.
De la misma manera, la JEP ordenó al director del establecimiento carcelario de la capital del país que “antes de materializar la concesión del beneficio para el señor Suárez Reyes, procedan a la suscripción del acta de compromiso anexada a la presente decisión, y a verificar que este no sea requerido por otra autoridad judicial o tenga orden de captura vigente por otro proceso. En caso afirmativo, deberán ponerlo a disposición de las autoridades competentes”.
Igualmente, la Jurisdicción ordenó que en un plazo de quince días “el señor Suárez Reyes deberá ajustar y presentar un nuevo escrito de compromiso claro, concreto y programado, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva”.
La JEP también advirtió a Migración Colombia que “el señor Carlos Alberto Suárez Reyes no puede salir del país sin previa autorización de la Jurisdicción Especial para la Paz, en la medida que se le concedió a su favor el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada”.
De otro lado, la JEP solicitó que esta decisión también sea comunicada a las víctimas asociadas al caso, “con el fin de que se les brinde la atención y el acompañamiento necesarios para que puedan ejercer sus derechos ante esta Jurisdicción (...) se comunica esta decisión ante el Inpec, al Ministerio de Defensa Nacional, a la Registraduría Nacional del Estado Civil, a la Procuraduría General de la Nación y al Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva”.
Masacre de 17 militares en Hacarí
Durante la investigación, las autoridades encontraron que el exagente le entregó 2 millones de pesos a Megateo, donde le informó que de que una comisión del DAS, acompañada por un grupo del Ejército, se dirigía hacia Hacarí a capturarlo, por lo que el fallecido jefe del EPL instaló una carga explosiva donde pasarían los integrantes de la Fuerza pública.
Suárez permaneció en dicha entidad hasta el 15 de mayo de 2010, donde fue detenido por las autoridades, y condenado a 40 años de prisión. Su caso ha estado envuelto en absoluciones y condenas. En 2011, un juez de Norte de Santander le absolvió su condena, pero un año después, el Tribunal de Cúcuta revocó el fallo y sentenció a Suárez a la misma pena privativa de la libertad.
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