
El martes 16 de julio se llevó a cabo la primera audiencia preparatoria del juicio adversarial contra el coronel (r) Hernán Mejía Gutiérrez, que fue acusado por crímenes de guerra y de lesa humanidad que le fueron imputados por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en el marco del caso 03 que investiga los asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado.
Durante la diligencia organizada por la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad, la magistrada Jaramillo Chaverra preguntó al excomandante del Batallón La Popa del Ejército Nacional, si aceptaba o no su responsabilidad sobre la acusación hecha por la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, a lo que el acusado respondió: “no acepto los cargos” formulados en su contra.
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La magistratura aseguró que para dar inicio a esta etapa preparatoria del juicio adversarial, fueron revisados más 1.153 documentos y 82 testimonios solicitados por la UIA, así como 29 testimonios solicitados por la defensa y 19 documentos por el acusado que entraron a analizarse para resolver cuáles eran las pruebas que se iban a admitir e inadmitir. A la lista se suman: 4 testimonios, 1 informe y 2 dictámenes de las víctimas, así como 5 documentos solicitados por el Ministerio Público, incluidos los planes Colombia y Plan Patriota.
Las pruebas que aceptó la JEP en el proceso contra el coronel (r) Mejía

Tras analizar todas las pruebas, la Sección resolvió por unanimidad: incorporar como prueba los documentos solicitados por el fiscal quinto de la Unidad de Investigación y Acusación, así como decretar y ordenar al Ministerio de Defensa Nacional que remita copia de los denominados planes de guerra Plan Colombia y Plan Patriota, así como los documentos que soporten o hagan constar los informes, alertas y advertencias de presuntas violaciones a los derechos humanos en Colombia remitidas por organismos internacionales durante el periodo de comandancia del coronel Mejía Gutiérrez en el Batallón La Popa de Valledupar.
Así mismo, los expresidentes Álvaro Uribe Vélez y Andrés Pastrana Arango fueron aceptados como testigos, por solicitud del coronel Mejía Gutiérrez, al juicio público que se llevará a cabo los días 16 al 19 de septiembre de 2024 en la Ciudad de Valledupar (Cesar). Cabe recordar que el excomandante del Batallón La Popa fue acusado por los delitos de homicidio en persona protegida, tortura y desaparición forzada, por hechos sucedidos entre 2002 y 2004, periodo en el que gobernaron Uribe y Pastrana.

De acuerdo con la defensa de Mejía Gutiérrez, con los testigos se busca corroborar su teoría del caso según la cual el acusado actuó como comandante del batallón en cumplimiento de órdenes y que sus operaciones militares fueron legítimas.
Por su parte, la magistrada Jaramillo Chaverra explicó, además, cómo se llevará a cabo la participación efectiva de las víctimas en el juicio adversarial transicional que se desarrollará en Cesar y Bogotá. Todo esto, bajo el principio de centralidad de las víctimas, característico del modelo adversarial transicional por donde transita este caso.
“Es claro para esta subsección que una forma efectiva de materializar el principio de centralidad de las víctimas es el respeto irrestricto de los derechos procesales”, dijo la magistrada Reinere Jaramillo y añadió: “permitir en este modelo de justicia que sus representantes practiquen las pruebas por ellos solicitadas y en ese orden interroguen de manera directa a sus testigos los cuales pueden ser contrainterrogados por la defensa”.

Asimismo, y de manera excepcional, los apoderados de víctimas podrán realizar en el juicio preguntas complementarias. Esto, teniendo en cuenta si realizado el ejercicio de interrogatorios y contrainterrogatorios se justifica de su parte aspectos que no hayan sido abordados o que tengan estrecha relación con la acusación.
Inicialmente, esta audiencia estaba prevista durante tres días. Sin embargo, por el volumen de las solicitudes probatorias, los magistrados decidieron consolidarlas en anexos escritos que fueron entregados junto con la decisión a las partes para que se pronuncien en el término de cinco días hábiles a partir del 17 de julio.
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