
La Sala Plena del Tribunal Superior de Bogotá condenó en segunda instancia al general (r) Iván Ramírez Quintero a 31 años de prisión por desaparición forzada durante la toma del Palacio de Justicia, sucedida el 6 y 7 de noviembre de 1985.
El fallo se emitió luego de resolver el recurso de apelación presentado por la Fiscalía General de la Nación y los representantes de las víctimas en contra del fallo presentado el 15 de diciembre de 2′11 por el juzgado 51 penal del circuito de Bogotá, el cual absolvió al general Ramírez Quintero por duda probatoria.
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De acuerdo con la Sala Plena, afirmó que existían pruebas tantos testimoniales como documentales suficientes para condenar al general (r) Iván Ramírez Quintero por la desaparición de Irma Franco, quien era parte del M-19. El coronel (r) Fernando Blanco Gómez también fue condenado por este mismo caso.

“Está debidamente demostrada la ocurrencia y materialidad de la conducta desplegada por los procesados, junto con otros militares, para acometer, como lo hicieron, contra la libertad individual de la guerrillera Irma Franco Pineda, por lo que, siendo típica, objetiva, como subjetivamente, la conducta, además de antijurídica y culpable, deben responder penalmente por ella”, señala el fallo de la Sala Plena del Tribunal Superior de Bogotá.
El documento firmado por los magistrados Rafael Enrique López y Julián Hernando Rodríguez también precisa que se debe “condenar a los señores Iván Ramírez Quintero y Fernando Blanco Gómez como coautores impropios del delito de desaparición forzada en la persona de la señora Irma Franco; en consecuencia, a cada uno se le impone la pena principal de 31 años, 10 meses y 15 días de prisión; pena de multa de 2.562 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilidad de derechos y funciones públicas por 191.25 meses”.
En el fallo de la Sala Plena del Tribunal Superior de Bogotá también se citan testimonios de varios militares que especifican que varias personas fueron trasladadas a la sede del COICI para ser “sometidos a entrevistas”, con el objetivo de obtener información sobre el plan de la toma del palacio.
De igual forma, se advierte que Irma Franco salió con vida de las instalaciones del Palacio de Justicia a la Casa de Florero, donde operaba un puesto de mando en cabeza de el coronel Edilberto Sánchez Rubiano (condenado a 45 años de prisión por el delito de desaparición forzada). De acuerdo con el Tribunal Superior de Bogotá, no existe un registro de Franco en las instalaciones de la Casa del Florero, pese a las evidencias de su ingreso.

“Ahora no solo el indicio de presencia del jefe de Estado Mayor del COICI daría cuenta de su responsabilidad en el relato de desaparición forzada en contra de Irma Franco Pineda, pues su hoja de vida y calificaciones, más lo dispuesto en indagatoria por el coronel (r) Alfonso Plazas Vega, entonces comandante de la Escuela de Caballería, el testimonio del coronel (r) Luis Enrique Carvajal Núñez, para la época oficial de operaciones de la Brigada XVIII y en especial lo dicho por el comandante en jefe de la operación, general (r) Arias Cabrales, permiten afirmara que tuvo responsabilidad y realizó actividades propias respecto de los rehenes liberados”, precisó el fallo.
El Tribunal Superior de Bogotá en el fallo dejó en firme la absolución en contra de los dos militares por los hechos que llevaron a la desaparición de los trabajadores de la cafetería del Palacio de Justicia, Carlos Augusto Rodríguez Vera, Cristina del Pilar Guarín Cortés, Bernardo Beltrán Hernández, Jaime Beltrán Fuentes y David Suspes Celis; y la visitante Gloria Estela Lizarazo.
Asimismo, se conocerá sin van a la cárcel solo hasta que la Corte Suprema de Justicia de un veredicto final, en caso de que la defensa de los dos militares presenten una impugnación.
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