
El defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis, expresó su preocupación ante la Superintendencia de Subsidio Familiar por la prolongación indefinida de las medidas cautelares administrativas aplicadas en cajas de compensación familiar.
Según el funcionario, estas intervenciones no se estarían derivando de un proceso sancionatorio previo establecido por la ley, específicamente, en el Decreto 2595 de 2012 y la Resolución 629 de 2018. Las declaraciones surgen a raíz de la intervención de 11 que actualmente cuentan con medidas cautelares.
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Camargo Assis denunció que las intervenciones, en algunos casos, se han extendido entre 6 y 11 años, como sucede con Comcaja, Comfacor en Córdoba y Comfamiliar en Cartagena. “Al no tener un parámetro temporal definido en la ley, vemos con preocupación cómo las medidas cautelares se vienen prorrogando de manera indefinida”, señaló el Defensor del Pueblo.
El representante de la entidad defensora de los derechos humanos advirtió que las medidas cautelares afectan a los órganos de dirección de las cajas, separando a sus directores y miembros de los consejos directivos sin un proceso sancionatorio previo y sin que conozcan los cargos que les imputan.
Esta situación, dice Camargo Assis, vulnera su derecho al trabajo y al buen nombre, pues se adoptan decisiones de naturaleza definitiva bajo una figura provisional. “Se está incurriendo en una vulneración de derechos fundamentales, afectando el derecho al debido proceso”, añadió el funcionario.

El defensor del Pueblo hizo un llamado a la Superintendencia para evaluar cuáles cajas han cumplido con los planes de salvamento y, de ser posible, devolverlas a sus titulares, los trabajadores colombianos. “Es necesario que la entidad de control revise sus actuaciones para determinar si las medidas cautelares siguen siendo justificadas”, subrayó. Además, insistió en la revisión de la actuación de los interventores designados, quienes no han cumplido con los plazos estipulados para los planes de salvamento.
Camargo Assis enfatizó que las medidas adoptadas deben ajustarse a mínimos de proporcionalidad y gradualidad, tal como exige la Constitución. “Las medidas deben ser acordes con la gravedad de los hallazgos que motivaron la intervención para evitar la toma de decisiones definitivas dentro del marco de medidas cautelares”.
“Hago un llamado a que se evalúe el cumplimiento de los planes de salvamento y, si corresponde, se restituya la gestión a los directivos legítimos”, concluyó el defensor del Pueblo.
Supersubsidio suspendió provisionalmente intervención a Comfanorte
El 2 de mayo de 2024, la superintendente del Subsidio Familiar, Angie Katherine Monroy Bobadilla, ordenó la intervención administrativa total de la Caja de Compensación Familiar de Norte de Santander (Comfanorte). Esta decisión se había dado tras realizar una evaluación a su programa de viviendas, que arrojó presuntas irregularidades en su ejecución.
“La operación del programa de Vivienda, en el marco del cual se desarrolla el proyecto de vivienda Torres del Norte, que ha presentado varias modificaciones y adiciones – prórrogas -, elevando significativamente la inversión para el cumplimiento del proyecto que inicialmente era de $2.600 millones y que a la fecha se encuentra en una suma de alrededor de $9.000 millones de pesos”, se lee en la resolución de la entidad.

La medida administrativa regiría por un periodo de 15 meses, contemplando la separación de sus cargos, con efecto inmediato, del director administrativo y a los miembros del consejo directivo.
Sin embargo, el 18 de mayo, la Supersubsidio decidió acatar la orden judicial del Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cúcuta, que suspende provisionalmente los efectos jurídicos de la Resolución 0266 del 30 de abril de 2024, mediante la cual se decretó la medida de intervención a Comfanorte.
La resolución explica que “las decisiones allí contenidas se mantendrán en suspenso, su ejecución interrumpida o detenida” hasta que el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cúcuta tome una decisión definitiva sobre el asunto constitucional. Mientras tanto, Comfanorte quedará temporalmente sin director administrativo ni agente de intervención hasta que se emita el fallo correspondiente.
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