
Millones de colombianos transitan las vías de la capital del país y en el afán de muchos conductores irrespetan las normas de tránsito en la ciudad. Una de las infracciones más recurrentes es pasarse o hacerse el de la ‘vista gorda’ con los semáforos que están en ‘amarillo’ o incluso en ‘rojo’.
La mayoría de pilotos saben que esta infracción acarrea una multa, pero muchos desconocen a cuánto equivale, según el Código Nacional de Tránsito esta infracción se contempla como la D04, la cual acarrea una sanción de $1.300.000, lo que representa unos treinta salarios mínimos diarios legales vigentes para el 2024.
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Según la norma, una vez las autoridades noten que el conductor infringe la norma deben; en el caso de motocicletas, inmovilizar el vehículo de dos ruedas hasta que pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
Plazos para pagar una multa de tránsito con descuento en Bogotá

La Secretaría de Movilidad estableció a inicios del 2024 una serie de facilidades para que los ciudadanos puedan cumplir con las obligaciones derivadas de las infracciones de tránsito, entre ellas, la posibilidad de acceder a un descuento del 50% en el monto de las multas.
Esta medida se aplica en casos específicos, definidos por el tipo de infracción y el marco temporal en el que el infractor opta por realizar el pago y cumplir con requisitos adicionales, como la realización de un curso pedagógico.
Las infracciones van desde la A hasta la F, siendo las de tipo F las más graves y que pueden conllevar sanciones más severas como la cancelación de la licencia de conducción o la inmovilización del vehículo. Dependiendo del tipo de comparendo (si es en vía o electrónico), los plazos y condiciones para acceder al descuento varían.

Para las multas notificadas presencialmente, los conductores tienen la oportunidad de beneficiarse del descuento del 50% si realizan el pago y el curso correspondiente dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha en que se les impuso la sanción.
Mientras que en el caso de los comparendos electrónicos, el beneficio sigue siendo aplicable, pero el rango se amplía entre el primero y el undécimo día hábil después de la imposición de la multa, siempre y cuando se cumplan las mismas condiciones.
Con este sistema de incentivos se busca facilitar el cumplimiento de las disposiciones legales por parte de los ciudadanos, y promover la educación vial y la toma de conciencia sobre las consecuencias de las infracciones de tránsito. Según las autoridades, “es una obligación por la que hay responder”, pero también es una oportunidad para reforzar el respeto a las normas de tránsito y contribuir a la seguridad de todos en las vías.
Infracciones de tránsito por las que más se imponen comparendos en Bogotá

Datos entregados por la Secretaría de Movilidad Distrital revelan que durante 2023 fueron:
- C29: conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida (30 km/h en zonas residenciales, hospitales y escolares; y 50 km/h en carriles y vías de alto flujo vehicular), con un 48,68%. La sanción monetaria es de cinco salarios mínimos. No se inmovilizará el vehículo.
- C14: transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas, con un 6,42%. La sanción monetaria es de cinco salarios mínimos. El vehículo será inmovilizado.
- C35: no realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo establecido o cuando el vehículo no se encuentre en adecuadas condiciones de emisión de gases, aun cuando porte los certificados correspondientes, con un 5,03%. La sanción monetaria es de cinco salarios mínimos. El automotor será inmovilizado.
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