
La Superintendencia Financiera impuso un límite de 15 días hábiles para resolver peticiones, quejas o reclamos relacionados con el derecho de habeas data por parte de las entidades vigiladas.
Este anuncio se dio luego de que esta entidad detectara un aumento de quejas y tutelas vinculadas al fraude y al ejercicio de este derecho fundamental durante el 2023.
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Esta disposición responde a la necesidad de reforzar la protección al consumidor financiero y garantizar la adecuada gestión de sus datos personales.
Para tal fin, la Superintendencia Financiera esbozó un conjunto de medidas específicas que incluyen la obligación de las entidades de obtener el consentimiento expreso de los titulares de los datos, mantener esta autorización documentada y actualizar de manera regular la información financiera reportada para evitar desactualizaciones o errores.
Además, se contempla que ante cualquier inconformidad presentada por los usuarios, las entidades deben no solo atender y resolver estas directamente, sino también notificar al operador de información en un plazo de dos días hábiles, aplicando la leyenda “reclamo en trámite” al registro individual del consumidor afectado. Esta serie de acciones busca ofrecer una respuesta más ágil y eficiente a las inquietudes y problemas que puedan surgir en el manejo de datos personales dentro del sector financiero.

En el documento, la Superintendencia dejó estipulado que para mitigar todo tipo acciones fraudulentas, las entidades que se encuentran bajo su vigilancia deberán:
- “Las entidades vigiladas deben de solicitar la autorización de los titulares de la información y conservar evidencia de esta. Así mismo, deben certificar de forma semestral al operador que los datos suministrados cuentan con la autorización de su titular”.
- “En su condición de fuentes de información, las entidades vigiladas deben reportar de forma periódica y oportuna al operador de información sobre las novedades y rectificaciones de los datos financieros que hayan suministrado previamente, garantizando que la información de los titulares se mantenga actualizada”.
- “Con el fin de que el titular de la información pueda demostrar, controvertir o efectuar el pago de la obligación que se encuentre en mora, las entidades vigiladas deberán enviar una comunicación escrita a la última dirección de domicilio del consumidor financiero”.
- “Cuando el consumidor financiero presente una inconformidad ante la entidad vigilada debe resolver directamente el reclamo e informar al operador de información dentro de los dos días hábiles siguientes a su recibo, para que este último incluya el registro individual de leyenda “reclamo en trámite”.
Así mismo, dejó claro que el tiempo para responder las peticiones, quejas o reclamos que se encuentren directamente relacionados con el derecho fundamental del habeas data es de 15 días hábiles después de la radicación de las mismas. Del mismo modo, este tiempo se podrá prorrogar por un periodo adicional de máximo ocho días hábiles.
Qué es el habeas data y cuál es la importancia en el sector financiero
El derecho de habeas data es fundamental para garantizar la protección de datos personales en archivos y bancos de datos tanto públicos como privados en Colombia. Según indica la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), este derecho permite a cualquier ciudadano conocer, actualizar y rectificar la información recopilada sobre sí mismo. Además, la Corte Constitucional específica que incluye el acceso, inclusión, exclusión, corrección, actualización entre otros aspectos para manejar la divulgación de datos personales.
Esta legislación se aplica a todas las entidades, sean estas públicas o privadas, que manejen datos personales dentro del territorio colombiano. Tal como menciona el abogado Francisco Bernate, es obligatorio para estas entidades respetar y actualizar la información personal, estableciendo políticas claras para el manejo de estos datos.
La relevancia de la Ley de habeas data radica en su enfoque en salvaguardar la privacidad e integridad de los ciudadanos, asegurando así una gestión adecuada de su información personal.
Los datos personales de niños y adolescentes cuentan con un nivel adicional de protección bajo esta ley, prohibiendo su tratamiento salvo en circunstancias específicas que respeten y respondan al interés superior de este grupo de edad. Este énfasis en proteger a los más vulnerables pone de manifiesto el compromiso de la ley con los derechos fundamentales.

Entre tanto, los datos sensibles, que incluyen información que podría ser utilizada para la discriminación del titular, como el origen racial, las convicciones religiosas o la orientación política, tienen restricciones específicas de manejo y tratamiento para evitar abusos.
La Ley 1581 de 2012 es una pieza clave en la estructura de protección de derechos en Colombia, y su adecuada aplicación e interpretación son esenciales para garantizar la dignidad y la privacidad de todos los ciudadanos. Este conjunto de reglas y principios subraya la importancia de una gestión responsable de los datos personales en la era digital, marcando un precedente en la legislación colombiana en cuanto a la protección de datos.
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