
Las cesantías son un derecho laboral de los colombianos que consiste en una prestación social cuyo propósito es brindar tranquilidad en el momento en el que sea necesario.
Es una compensación que corresponde a un sueldo mensual por cada año de servicio del trabajador. Es decir, que si un trabajador percibe un salario de 3′000.000, recibirá ese valor al completar un año por concepto de cesantías, o si llevara seis meses, recibiría 1′500.000 pesos.
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Se liquidan anualmente antes del 31 de diciembre y deben ser entregadas antes del 15 de febrero del siguiente año, según lo dispuesto en la Ley 50 de 1990. Por eso, antes del 31 de diciembre, los trabajadores tienen derecho a elegir a dónde quieren que se les consigne sus cesantías.
Puede que algunos trabajadores perciban el trámite de pasar sus cesantías de un lado a otro como algo complicado, pero la realidad es que no es así. Incluso, según explica el diario La República, es posible tener tantos fondos de cesantías como empleos por los que se haya pasado. Así mismo, la permanencia de un trabajador a una Administradora de Cesantías es voluntaria y el empleado se puede cambiar cuando desee.
Lo primero que hay que hacer para el traslado es diligenciar los formularios para eso dispuestos por el fondo de cesantías deseado por el trabajador.
Según le explicó Erik Moncada, vicepresidente de Clientes y Operaciones en Porvenir, al medio mencionado, no hay límite de tiempo de traslados entre AFP (Aseguradoras de Fondos Privados) y el Fondo Nacional del Ahorro, FNA. No obstante, para pasarse del FNA a una AFP es necesario contar con una permanencia mínima de tres años sin créditos vigentes.

Por otra parte, los trabajadores tienen el derecho de elegir el fondo de su preferencia. “Toda persona que tenga un contrato de trabajo tiene derecho a elegir en qué fondo de cesantías desea que su empleador se las consigne. Para ello, puede escoger entre un fondo privado o una entidad pública que administre cesantías”, agregó Moncada.
Pasos para pasarse de un fondo de cesantías a otro
- Identificar el fondo al cual se quiere trasladar.
- Consultar el sitio web de dicha institución y seguir los procesos, que generalmente concuerda con el de inscripción, y revisar si es posible realizarlo de forma electrónica.
- Allegar toda la documentación requerida, como copia del documento de identidad o información del empleador.
El traslado entre el portafolio de corto plazo y largo plazo sí tiene tiempos de permanencia mínima. Según le explicó Mocada a La República, si el afiliado está en un portafolio a corto plazo y quiere mover sus ahorros a uno de largo plazo, debe contar con una permanencia de seis meses. “En caso contrario, que esté en el portafolio de largo plazo y quiera pasar al de corto, debe tener una permanencia mínima de un año”, dijo.

¿En qué puedo usar mis cesantías?
Si bien están pensadas como una reserva económica para el momento en que el trabajador se encuentre sin empleo, permitiendo en tal situación el retiro total de los fondos, hay otros motivos para los cuales se pueden utilizar las cesantías:
- Se autoriza la extracción de los fondos también para la compra o remodelación de una vivienda propia.
- Estos recursos pueden destinarse asimismo a la cancelación de hipotecas sobre la vivienda, el abono del impuesto predial o para cubrir costes relacionados con la mejora del valor del inmueble.
- Otro uso permitido es para financiar la educación superior, ya sea del titular del fondo o de sus dependientes directos como hijos.
- Por último, está permitido el retiro parcial de los fondos para invertir en la compra de acciones.
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