El Consejo de Estado ordenó al Ministerio del Deporte que ejerza sus funciones de inspección, vigilancia y control sobre estatutos y reglamentos de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) y de la Dimayor.
Así lo determino la Sala de lo Contencioso Administrativo, la cual dio un plazo máximo de dos meses a la cartera del Gobierno para que implemente dichas acciones.
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“En ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control correspondientes a aprobar e inscribir sus estatutos, reformas y reglamentos, adopte las decisiones que en derecho corresponda, en relación con los estatutos sociales de la FCF, los estatutos sociales de la Dimayor, el estatuto del jugador de la FCF y el código único disciplinario de la FCF”, se lee en el fallo del alto tribunal.
Dicha decisión se tomó tras una demanda interpuesta por la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (Acolfutpro) contra el Ministerio del Deporte pidiendo que se revisara la legislación deportiva vigente y la estructura de la FCF y la Dimayor, “en los que se vulneran los derechos fundamentales de los futbolistas, como por ejemplo, la prohibición de acudir a la justicia ordinaria, la prohibición de inscribir futbolistas en competiciones oficiales por conflictos entre clubes y prohibir el derecho a la protesta”.
La sentencia del Consejo de Estado enfatiza que el Estatuto del Jugador de la FCF no ha experimentado modificaciones desde 2021, a pesar de cambios realizados por la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA).
Además, el alto tribunal destacó que la labor de vigilancia del Ministerio ha sido insuficiente, especialmente durante los Gobiernos de Iván Duque y Gustavo Petro, cuando solo se limitó a hacer una labor de registro más no de vigilancia.
“El Tribunal consideró que la cartera no está cumpliendo con sus obligaciones legales de revisar el contenido de esos reglamentos internos, por lo que dio ese plazo para revisar las normas de las autoridades del fútbol colombiano”, puntualizó el Consejo de Estado.
Después de que el Ministerio del Deporta cumpla con lo exigido por el Consejo de Estado, podrá decidir si los estatutos o reglamentos podrán ser modificados.


Acolfutpro celebró la decisión que busca que el ajuste reglamentario refleje un compromiso con la integridad y la práctica deportiva transparente, enfocado principalmente en los derechos de los deportistas y una gestión más democratizada del deporte:
“Esta providencia se emite en reemplazo de la proferida por ese mismo tribunal el 18 de agosto del 2022, como se lo ordenó la Sala Plena de la Corte Constitucional mediante Sentencia SU-386 del 4 de octubre de 2023, con la que se amparó nuestro derecho al debido proceso vulnerado por la Sección Quinta del Consejo de Estado. En dicha decisión, la Corte resolvió revocar y dejar sin efectos la sentencia en la que se negaban las pretensiones de esta asociación y le ordenó a la Sección Quinta del Consejo de Estado que, en un plazo de 30 días, emitiera una providencia de reemplazo”, sostuvo la asociación en un comunicado.

Cabe recordar que el Ministerio del Deporte emitió una orden reciente en la que pidió a la FCF modificar el artículo 32 del Estatuto del Jugador. Este cambio se centra en ajustes significativos que deben ser implementados para asegurar la equidad y transparencia dentro del ámbito deportivo en Colombia.
“Con base en las razones expuestas en esta providencia, CONMINAR al Ministerio del Deporte a que, dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la presente providencia, en ejercicio de sus competencias constitucionales, legales y reglamentarias, adelante la función de control sobre el artículo 32 del Estatuto del Jugador de la Federación Colombiana de Fútbol, a través de los medios o procedimientos que, en virtud de su autonomía considere pertinentes y teniendo en cuenta lo dispuesto en el fundamento jurídico 121 del presente fallo”, se lee en la sentencia
Previamente, la Corte Constitucional ordenó la modificación dicho artículo del Estatuto del Jugador; sin embargo, este no se efectuó por parte del Ministerio del Deporte, lo que obligó a Acolfutpro interponer una acción de desacato por parte de la entidad.
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