Juan Daniel Oviedo está en riesgo de perder su puesto en el Concejo de Bogotá: veedor lo demandó

El líder de Con Toda por Bogotá espera si la acción judicial es o no admitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Juan Daniel Oviedo recalcó que
Juan Daniel Oviedo recalcó que será oposición del alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán - crédito @JDOviedoA/X

Una acción jurídica interpuesta por un veedor podría determinar el futuro político de Juan Daniel Oviedo, actual concejal de Bogotá, tras cuestionar su elegibilidad para el cargo a partir de una supuesta inhabilidad vinculada a su actividad contractual previa a las elecciones.

Luis Humberto Guidales García, miembro de la Veeduría Transparencia Electoral, presentó la demanda. Afirmó que Oviedo firmó un contrato con la entidad del orden nacional Fondo Nacional de Garantías, lo que según la Ley 136 de 1994 inhabilitaría al político para ser candidato a la Alcaldía de Bogotá y, por ende, para ocupar el escaño en la corporación pública que le otorga el Estatuto de la Oposición tras obtener el segundo puesto en las votaciones con más de 600.000 sufragios.

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El acuerdo en cuestión es un arrendamiento de una oficina en el centro de la ciudad, ejecutado el 20 de junio de 2023, y que se extendió hasta diciembre de ese mismo año por 106 millones de pesos. La demanda especifica que este convenio “evidencia que el señor Juan Daniel Oviedo Arango, en su candidatura por la Alcaldía de Santa Fe de Bogotá, periodo 2024 - 2027, incurrió en la inhabilidad contenida en el numeral 3 del artículo 95 de la Ley 136 de 1994″.

Tras la presentación de esta ante el Consejo de Estado, este la remitió al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la instancia que determinará si la admite para su estudio.

Inducción al Concejo: Juan Daniel
Inducción al Concejo: Juan Daniel Oviedo se capacitó sobre las dinámicas del gobierno distrital - crédito @JDOviedoA/X

Mientras la situación legal de Oviedo sigue en el limbo, el funcionario acudió a los medios para expresar su postura frente a la controvertida situación. En una declaración para W Radio, expresó: “Estaba dentro de los escenarios porque el Consejo Nacional Electoral tomó una decisión sobre el movimiento y Juan Daniel Oviedo como candidato a la Alcaldía de Bogotá. Ahora, como por estatuto de oposiciones, esos votos que iban para el movimiento Con toda por Bogotá se convierten en una curul en el concejo. Hay posibilidad de que los ciudadanos demanden esa inhabilidad ya como servidor público, en este caso, como concejal del distrito”.

Además, con respecto a la posible admisión de la demanda y el proceso que se avecina, el concejal señaló: “Estamos pendientes, fuimos notificados del reparto, pero todavía no nos han notificado si ha sido admitida o no la demanda. Vamos a seguir los procedimientos de manera clara”.

Este caso reabre el debate sobre la interpretación de las normas de inhabilidad para cargos públicos, evidenciando la necesidad de clarificar los requerimientos y garantizar la transparencia electoral. La legalidad de la ocupación de un escaño en el Concejo por parte de Oviedo se encuentra pendiente de resolución, lo cual podría tener consecuencias tanto para el político como para la propia institución y el esquema de la oposición en la capital colombiana.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca será el responsable de analizar los méritos de la acción judicial y definir si procede o no. Una decisión afirmativa podría tener serias implicaciones, no solo acarreando la nulidad de la silla de Oviedo en el Concejo, sino que también podría influir en futuras normativas y decisiones relacionadas con la idoneidad de los candidatos a cargos públicos.

Por el momento, Juan Daniel Oviedo se prepara para enfrentar las etapas procesales con la voluntad de continuar en el puesto de concejal otorgado por los votos de Con toda por Bogotá, mientras la administración y los ciudadanos aguardan por una resolución judicial que esclarecerá el panorama político de la ciudad. Su futuro político estará sujeto a la interpretación jurídica de las normas de inhabilidad y su aplicación en el contexto de su previa actividad contractual.

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