Corte suprema sostuvo condena de 15 meses de cárcel contra funcionario de la Alcaldía de Gustavo Petro por acoso sexual

Los hechos por los que Camilo Páramo, exsubgerente Financiero y Administrativo del anterior Fondo de Vigilancia y Seguridad del Distrito, fue cobijado con la medida, se registraron en 2012

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La decisión del alto tribunal
La decisión del alto tribunal estaría basada con que el exfuncionario habría sacado provecho de su puesto para acosar a una abogada contratista- crédito Colprensa.

La Corte Suprema de Justicia confirmó, en la tarde del lunes 11 de diciembre de 2023, la condena a 15 meses de prisión contra uno de los funcionarios de la Alcaldía de Bogotá cuando Gustavo Petro ejercía como dirigente de los capitalinos. Se trata de Camilo Andrés Páramo Zarta, exsubgerente Financiero y Administrativo del anterior Fondo de Vigilancia y Seguridad del Distrito, que fue imputado por el delito de acoso sexual.

Los hechos se dieron a conocer una vez la Sala de Casación Penal reafirmó que el sindicado habría sacado provecho de su posición en la Alcaldía de Bogotá para acosar sexualmente a una abogada contratista que ejercía “en la Oficina Jurídica de esa dependencia” de la administración distrital. Los hechos se habrían registrado en septiembre de 2012, bajo la administración del hoy presidente de la República.

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La decisión del alto tribunal, que se expuso luego de que el mismo organismo estudió un recurso de impugnación presentado por la defensa contra la condena, señala que para el año en el que se registraron los hechos, el directivo comenzó a ir a la oficina de la mujer con el fin de saludarla. En medio de dichos encuentros, Páramo habría lanzado múltiples comentarios a la funcionaria relacionados con su cuerpo, así como también habría aprovechado para tocarle sus manos y cara.

No obstante, el episodio más delicado de este caso se registró días más adelante. Y es que, al parecer, en una jornada laboral común y corriente, Páramo Zarta habría hecho pasar a la abogada a su oficina para enseñarle sus partes íntimas y hacerle propuestas de tipo sexual. Sin embargo, la mujer no habría accedido a las peticiones del directivo y se habría retirado del recinto pocos segundos después.

Cabe resaltar que una vez se conoció la sentencia de 15 meses de prisión contra el funcionario, desde su defensa solicitaron impugnar dicha determinación. No obstante, desde el alto tribunal fueron claros en que para que se configure el delito de acoso sexual, no debe haber necesariamente subordinación laboral entre los implicados.

Los hechos se registraron en
Los hechos se registraron en medio del periodo de Gustavo Petro como alcalde de Bogotá- crédito Colprensa

Esto, teniendo en cuenta que la ley castiga que uno de los actores de dicho episodio haya sacado provecho de su “posición laboral”, tal como se habría registrado en este caso.

La Corte recalcó que, a pesar de que Páramo Zarta no era el jefe directo de la abogada, “sí tenía una posición de superioridad frente a ella, ya que como directivo ostentaba poder sobre los empleados o empleadas de la institución”.

Así las cosas, se espera que el exfuncionario cumpla con la sentencia impuesta por el alto tribunal durante los próximos meses, aunque no se ha estipulado una fecha clara para el momento en el que Páramo Zarta se entregue a las autoridades con el fin de asumir la condena.