
La Procuraduría General de la Nación anunció el 19 de noviembre la apertura formal de una investigación en contra de Jorge Eduardo Londoño Ulloa, director general del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, y otros cuatro funcionarios, por presuntas irregularidades en un proceso de contratación de la entidad.
Los otros funcionarios a los que el órgano de control les abrió investigación son el jefe de la Oficina de Sistemas, Carlos Martín Coy Rodríguez, quien fue suspendido provisionalmente por tres meses; la directora Jurídica, Manuela Valentina García Cano, y la funcionaria María Ofelia Gallo Sisa.
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El motivo para abrir la indagación fue la expedición de la resolución que revocó la apertura del proceso de licitación pública para contratar los servicios tecnológicos para las sedes de la entidad, pues al parecer no había suficientes argumentos jurídicos ni técnicos que justificaran esa decisión.
Así mismo, el Ministerio Público investiga si la revocatoria del proceso pudo haber afectado derechos jurídicos del proponente Unión Temporal Sena 2.0, y si por eso la entidad debió haber solicitado su autorización para revocar la licitación.
Sobre la suspensión provisional del jefe de Sistemas, la Procuraduría señaló que la medida es necesaria, pues en su calidad de ordenador del gasto y líder del proceso de selección que se analiza, no brinda las garantías a la entidad ni a la comunidad que se beneficiaría con el desarrollo del proyecto.
¿Por qué el Sena revocó la millonaria licitación?

El Sena decidió a principios de octubre suspender el millonario proceso de contratación, cuyo valor supera un billón de pesos, al encontrar que no se respetaron los principios de igualdad, responsabilidad, transparencia, ni los postulados de selección objetiva y la pluralidad de oferentes.
Para quedarse con la licitación, el único oferente fue justamente la Unión Temporal Sena 2.0, que está conformada por Indra y Telefónica. Su objetivo es el de contratar el “diseño, instalación, puesta en funcionamiento, operación, mantenimiento, soporte y gestión de los servicios tecnológicos del Sena a nivel nacional”.
De acuerdo con el Sena, la decisión se tomó para garantizar “la satisfacción del interés público y de las necesidades colectivas”. Así mismo, explicó que la determinación fue “en cumplimiento de los principios que rigen la función administrativa y la actividad contractual del Estado, tales como el de igualdad, responsabilidad, transparencia; asimismo, los postulados de la selección objetiva y la pluralidad de oferentes”.
En la licitación se establece que las firmas ofertantes no necesariamente debían ser colombianas debido a que el monto del contrato supera los 125.000 dólares, pues según el Decreto 1082 de 2015, mipymes de otros países de América Latina pueden participar.
“Podrán participar personas naturales, jurídicas, nacionales o extranjeras, consorcios y/o uniones temporales, cuyo objeto social se encuentre relacionado con el objeto de la presente contratación, quienes deberán acreditar no encontrarse incursos en algunas de las causales e inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Política de Colombia y demás disposiciones legales vigentes”, se lee en la resolución con la que el Sena revocó la licitación.

Cuál fue la respuesta de la Unión Temporal Sena 2.0
Unión Temporal Sena 2.0 respondió en un comunicado difundido a la opinión pública que no comparte la determinación de la entidad, dado que su propuesta “cumple con todos los requisitos habilitantes técnicos, jurídicos, financieros y ponderables, para participar en la licitación pública DG-LP-001-2023 y ser legítimo adjudicatario”.
Agrega que esa determinación desconoce un esfuerzo de nueve meses por parte de intervinientes, y manifiesta que “la UT SENA DIGITAL 2.0 mantiene el compromiso de seguir aportando su experiencia y capacidad tecnológica en beneficio del progreso del país y sus comunidades”.
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